Opinión | Por qué el fallo contra Meta y YouTube redefine la responsabilidad algorítmica

Opinión | Por qué el fallo contra Meta y YouTube redefine la responsabilidad algorítmica

El fallo contra Meta y YouTube abre una nueva discusión sobre la responsabilidad de las plataformas digitales en el diseño de sus algoritmos. Esta columna analiza cómo esta decisión judicial se conecta con la futura regulación de la inteligencia artificial en Chile y con el avance hacia mayores exigencias de transparencia, gestión de riesgos y control sobre sistemas capaces de influir en la conducta de las personas.

Por Antonia Nudman, Asociada Senior de az Tech – Albagli Zaliasnik


El reciente fallo que declaró negligentes a Meta y a YouTube marca un punto de inflexión en la forma en que entendemos nuestra relación con las plataformas digitales. Por primera vez, un tribunal reconoce que el diseño de estos servicios, caracterizado por algoritmos de recomendación, scroll infinito y mecanismos de refuerzo conductual, no es neutral, sino que puede generar efectos nocivos, particularmente en menores de edad.

Este cambio no es aislado. Como ha ocurrido en otras industrias —como el alcohol, el tabaco o los alimentos—, la discusión comienza a desplazarse desde la responsabilidad individual del consumidor hacia la responsabilidad de quienes diseñan y operan estos sistemas. Ya no se trata únicamente de cómo usamos la tecnología, sino de cómo está concebida para influir en nuestro comportamiento.

En este contexto, resulta especialmente relevante observar el avance del proyecto de ley que regula los sistemas de inteligencia artificial en Chile. Aunque aún en tramitación, su lógica se alinea con esta nueva mirada: no basta con regular el uso de la tecnología, sino que es necesario intervenir en su diseño, imponiendo estándares de transparencia, evaluaciones de riesgo y prohibiciones respecto de ciertos usos considerados inaceptables.

En particular, los requisitos de transparencia que buscan que los usuarios comprendan cuándo interactúan con sistemas automatizados y bajo qué lógica operan, adquieren una dimensión distinta a la luz de este tipo de fallos. Si los algoritmos son capaces de influir en decisiones emocionales y conductas, entonces la opacidad deja de ser una cuestión técnica para convertirse en un problema jurídico.

Asimismo, la discusión sobre usos prohibidos de la inteligencia artificial —como aquellos que puedan manipular el comportamiento de las personas o explotar vulnerabilidades— conecta directamente con lo que hoy se cuestiona en redes sociales. La línea entre recomendación y manipulación se vuelve cada vez más difusa, y precisamente ahí es donde el derecho comienza a intervenir.

A nivel comparado, el Reglamento de Inteligencia Artificial de la Unión Europea ofrece una referencia relevante. Si bien su implementación efectiva aún es progresiva, su enfoque basado en riesgos, junto con la identificación de usos prohibidos y obligaciones reforzadas para sistemas de alto riesgo, permite anticipar hacia dónde se dirige la regulación internacional. En ese sentido, observar cómo este marco impacta a las plataformas tecnológicas en Europa será clave para proyectar sus efectos en otras jurisdicciones, incluido Chile.

De ello se sigue que el proyecto de ley chileno no solo impactará a quienes desarrollan sistemas de inteligencia artificial en sentido estricto, sino también a plataformas digitales cuyo funcionamiento descansa en sistemas algorítmicos intensivos. En otras palabras, la regulación de la IA podría terminar redefiniendo indirectamente la forma en que interactuamos con redes sociales.

Así las cosas, el fallo contra Meta y YouTube no es un caso aislado, sino parte de un cambio más profundo: el tránsito hacia un modelo de responsabilidad tecnológica, en el cual el diseño de los sistemas digitales deja de ser un espacio ajeno al derecho para convertirse en uno de sus principales focos de intervención.


Antonia Nudman, Asociada Senior de az Tech – Albagli Zaliasnik

Fuente: Revista Gerencia – abril 2026.

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Uruguay | Europa simplifica su regulación de IA: ¿una señal clave para la región?

Uruguay | Europa simplifica su regulación de IA: ¿una señal clave para la región?

Uruguay tiene hoy la oportunidad de observar críticamente la evolución de estos modelos y evaluar con rigor qué intervenciones son realmente necesarias, en qué ámbitos y con qué instrumentos.


El acuerdo europeo sobre el Ómnibus Digital reconoce la importancia de evaluar los costos y beneficios de cada intervención legislativa, evitando que un exceso de regulación genere efectos no deseados.

El acuerdo europeo

El 7 de mayo de 2026, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea alcanzaron un acuerdo provisional sobre el Ómnibus Digital de Inteligencia Artificial, que introduce modificaciones sustantivas al AI Act, la primera legislación integral en la materia a nivel mundial. El acuerdo extiende plazos de cumplimiento, simplifica cargas regulatorias y amplía el rol de los sandboxes, reconociendo que un marco normativo excesivamente complejo puede generar dificultades de implementación que terminen afectando la innovación y la efectividad misma de la regulación.

Una señal para el debate regional

La decisión europea llega en un momento particularmente relevante para Uruguay y América Latina, donde se debate activamente si corresponde y cómo regular la inteligencia artificial. El mensaje desde Bruselas es claro: incluso la jurisdicción más ambiciosa del mundo en gobernanza digital está ajustando su enfoque. No porque haya abandonado sus objetivos de protección, sino porque la experiencia demostró que una regulación cuyas cargas superan sus beneficios puede generar efectos adversos, entre ellos costos de cumplimiento desproporcionados, retrasos en la implementación y pérdida de competitividad frente a otras regiones.

El caso uruguayo

Para Uruguay, esta señal refuerza la pertinencia de un enfoque prudente e incremental. El país ya cuenta con un marco normativo vigente que ofrece garantías sólidas para la protección de los derechos de los individuos, incluyendo la Ley de Protección de Datos Personales, reconocida por la propia Comisión Europea como adecuada a sus estándares. A ello se suma la adhesión al Convenio Marco del Consejo de Europa sobre Inteligencia Artificial y Derechos Humanos, firmado en setiembre de 2025. Existen, además, normas vigentes en materia de defensa del consumidor, responsabilidad civil y propiedad intelectual, que ya ofrecen herramientas aplicables a situaciones derivadas del uso de IA. En conjunto, estos instrumentos proporcionan un piso de protección cuyo alcance merece ser debidamente ponderado antes de asumir que una legislación integral adicional es la respuesta más adecuada.

Regular cuando es necesario

Uruguay tiene hoy la oportunidad de observar críticamente la evolución de estos modelos y evaluar con rigor qué intervenciones son realmente necesarias, en qué ámbitos y con qué instrumentos. Esa evaluación debería partir de una premisa razonable: preservar su posicionamiento como hub tecnológico regional y evitar cargas que no se justifiquen frente a las garantías que ya ofrece el marco normativo vigente.

El texto del acuerdo político provisional puede consultarse en el comunicado oficial del Consejo de la UE aquí.


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