Por Juan Pablo González, presidente del directorio, Chile; y Gimena Areal, vicepresidenta del directorio, Uruguay | ComplianceLatam Tech
Panorama general de la ciberseguridad en la región
En pocos años, la ciberseguridad dejó de ser un asunto exclusivamente técnico para convertirse en una cuestión de gobierno corporativo, cumplimiento normativo y política pública. La acelerada transformación digital de América Latina, impulsada por la migración a la nube, la digitalización de los servicios públicos y financieros y la expansión del trabajo remoto, amplió la superficie de ataque a un ritmo mayor que el desarrollo de los controles de seguridad, los modelos de gobernanza y las capacidades institucionales. En este contexto, distintos informes especializados coinciden en señalar un crecimiento sostenido de los ciberataques en la región[1].
El ransomware continúa siendo una de las amenazas más disruptivas. Según Intel 471, las filtraciones publicadas por grupos de ransomware en la región aumentaron un 78% entre 2024 y 2025[2]. A ello se suman campañas de phishing cada vez más sofisticadas, potenciadas por el uso de inteligencia artificial.
Este escenario ha llevado a los países de la región a fortalecer sus marcos regulatorios en materia de ciberseguridad, estableciendo nuevas obligaciones de prevención, gestión y notificación de incidentes. Chile y Uruguay son dos ejemplos de esta tendencia, aunque cada uno ha seguido un camino regulatorio diferente.
El marco de la ciberseguridad en Uruguay
Uruguay cuenta con un alto nivel de desarrollo digital, resultado de una política sostenida de modernización del Estado y de incorporación de tecnologías en la prestación de servicios públicos. Este avance se refleja en el E-Government Survey 2024 de Naciones Unidas, que posicionó al país como líder en gobierno digital en América Latina y el Caribe y en segundo lugar en las Américas, únicamente por detrás de Estados Unidos[3].
Sin embargo, este proceso de digitalización también plantea importantes desafíos en materia de ciberseguridad. La creciente dependencia de los sistemas informáticos, la interconexión entre organismos públicos y privados y el volumen de información que se gestiona a través de plataformas digitales aumentan la exposición a posibles incidentes de seguridad. Estos incidentes pueden comprometer no solo la información de las organizaciones, sino también la continuidad de servicios esenciales, los derechos de las personas y el funcionamiento de actividades fundamentales para el país.
Frente a este escenario, Uruguay ha desarrollado su marco de ciberseguridad de manera gradual, a través de normas de distinto rango y sin contar, hasta el momento, con una ley marco única sobre la materia.
En el centro de este sistema se encuentra la Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información y del Conocimiento (Agesic), que actúa a través de su Dirección de Seguridad de la Información y del Centro Nacional de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática (CERTuy). Desde 2020, la Ley 19.924 atribuye a Agesic facultades para regular, fiscalizar y auditar la seguridad de la información tanto en entidades públicas como en entidades privadas vinculadas a servicios o sectores críticos. En materia de datos personales, la Ley 19.670 obliga a informar de inmediato las vulneraciones de seguridad a la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP), que coordina la respuesta con el CERTuy.
Un avance particularmente relevante se produjo con los artículos 78 a 84 de la Ley 20.212 de 2023. La norma impuso a las entidades públicas y a determinadas entidades privadas vinculadas a sectores críticos la obligación de adoptar medidas de seguridad, designar un responsable de seguridad de la información y comunicar los incidentes de ciberseguridad a AGESIC dentro de las 24 horas desde su detección. Asimismo, creó el Registro Nacional de Incidentes de Ciberseguridad.
El régimen fue posteriormente reglamentado por el Decreto 66/025, que estableció la aplicación obligatoria del Marco de Ciberseguridad de Uruguay, alineado con el NIST Cybersecurity Framework. Mas recientemente, en julio de 2026, el Decreto 168/026 incorporó nuevas obligaciones para la Administración Central. Ante un incidente de ciberseguridad, la entidad afectada debe iniciar de inmediato los procedimientos administrativos correspondientes y, cuando el incidente derive de una falta de previsión o de la utilización de sistemas obsoletos, adoptar los ajustes necesarios e informar a Agesic.
También se han producido avances en materia penal. La Ley 20.327 de agosto de 2024, incorporó al ordenamiento uruguayo delitos como el daño informático, el acceso ilícito, la interceptación ilícita y la suplantación de identidad, adecuando el marco penal a las exigencias necesarias para avanzar en la adhesión al Convenio de Budapest.
Estos desarrollos se enmarcan en la Estrategia Nacional de Ciberseguridad del Uruguay 2024 - 2030 | Agesic , organizada en ocho pilares y orientada a fortalecer las capacidades nacionales de prevención, detección y respuesta frente a amenazas digitales. Entre sus objetivos se encuentra la identificación de las infraestructuras de información crítica del país y el fortalecimiento de la cooperación entre los sectores público y privado.
Aspectos generales de Chile
Chile es el primer país de Latinoamérica en contar con una normativa específica de ciberseguridad, la Ley Nº 21.663 Marco de Ciberseguridad, que entre sus materias se encuentra la creación de una Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI), de un Equipo de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática Nacional (CSIRT) y de Defensa Nacional, Consejo Multisectorial y el reconocimiento vía legal del Comité Interministerial de Ciberseguridad, instancia que reúne a varias subsecretarías que tienen incidencia en la materia.
Esta normativa, que toma de referencia varios elementos de la Directiva Europea (NIS2), posee entre sus elementos más distintivos definir aquellos sujetos regulados, a saber, los prestadores de servicios esenciales, estableciéndose una serie de sectores económicos que están obligados a adoptar medidas para prevenir y contener los incidentes de ciberseguridad; y además, la declaración de Operadores de Importancia Vital (OIV), que serían instituciones específicas del páis, que por su rol, la “afectación, interceptación, interrupción o destrucción de sus servicios tienen un impacto significativo en la seguridad y el orden público, en la provisión continua y regular de servicios esenciales, en el efectivo cumplimiento de las funciones del Estado, o en general, de los servicios que éste debe proveer o garantizar”. Esta declaración se realiza a través de un proceso reglado de carácter administrativo, que incluye proceso de reponer ante la resolución que declara a una organización, así como la ilegalidad de la resolución ante la Corte de Apelaciones competente.
Además, uno de los deberes transversales de la normativa es el deber de reporte de los incidentes de impacto significativo, y que se aplica tanto a los prestadores de servicios esenciales como a los OIV. Los plazos que establece este deber son máximo 3 horas desde el conocimiento de la ocurrencia del incidente (alerta temprana); dentro de las 72 horas (siendo 24 horas para los OIV) una evaluación inicial del incidente; y dentro de los 15 días corridos desde la alerta temprana, un informe final. Un incidente tiene impacto significativo cuando “es capaz de interrumpir la continuidad de un servicio esencial o afectar la integridad física o la salud de las personas, así como en el caso de afectar sistemas informáticos que contengan datos personales”.
Finalmente, la ANCI tiene facultades de fiscalización y sanción, y la propia Ley establece un régimen diferencial de infracciones leves, graves y gravísimas tanto para los prestadores de servicios esenciales como para los OIV. En el caso de los primeros, aquellas leves (hasta 5.000 UTM), graves (hasta 10.000 UTM) y gravísimas (hasta 20.000 UTM); y en el caso de los OIV, leves (hasta 10.000 UTM), graves (hasta 20.000 UTM) y gravísimas (hasta 40.000 UTM).
Para concluir, el avance de la regulación en Chile responde una política de Estado de promover la ciberseguridad como un asunto transversal, y que se ve reflejado en la actualización de la Política de Ciberseguridad, contando actualmente con una segunda versión (2023-2028).
Desafíos para la región
Uno de los principales desafíos que ha tenido que sortear Chile es la falta de alfabetización digital en regiones y, especialmente, la cultura en los entornos digitales, puesto que se cuenta con un alto nivel de acceso a Internet. Así, si bien la normativa de ciberseguridad está vigente, esto implica no sólo un enfoque preventivo y fiscalizador a través de la ANCI, sino que requiere ajustes importantes en los currículum de enseñanza y fomentar programas de concientización en la ciudadanía.
En el caso de Uruguay, si bien el país ha avanzado significativamente en la construcción de su marco normativo e institucional, el principal desafío sigue siendo acompañar su desarrollo digital con capacidades efectivas de prevención y respuesta frente a incidentes. Para ello, resulta fundamental que las organizaciones incorporen la ciberseguridad como parte de su gestión cotidiana y no únicamente como una obligación de cumplimiento normativo.
A nivel de la región, el trabajo de iniciativas como CSIRT Americas de OEA ha permitido que varios países trabajen de manera colaborativa sobre las amenazas en el ciberespacio y, por ende, los incidentes para compartir información desde un enfoque de inteligencia de amenazas; pero a nivel regulatorio existe una fragmentación que impide que existan marcos similares para promover la colaboración no solo desde el enfoque técnico. En ese sentido, iniciativas desde LAC4 (Centro de Competencia Cibernética de América Latina y el Caribe) como CyberPolicy Bootcamp, sin duda, permite aunar diálogos a nivel normativo en las iniciativas legislativas de ciberseguridad en la región.
[1] Check Point Research, Latin America Sees Sharpest Rise in Cyber Attacks in December 2025 as Ransomware Activity Accelerates, enero de 2026. https://blog.checkpoint.com/research/latin-america-sees-sharpest-rise-in-cyber-attacks-in-december-2025-as-ransomware-activity-accelerates/
[2] Intel 471, Informe sobre el panorama de amenazas en América Latina, citado por Kiteworks, 2026. https://www.kiteworks.com/es/gestion-de-riesgos-de-ciberseguridad/panorama-de-amenazas-ciberneticas-en-america-latina-2026-informe-intel-471/
[3] Naciones Unidas, E-Government Survey 2024, citado por Montevideo Portal. https://www.montevideo.com.uy/Noticias/Uruguay-se-posiciona-como-lider-regional-en-desarrollo-de-gobierno-digital--segun-la-ONU-uc900538
Juan Pablo González, presidente del directorio, Chile; y Gimena Areal, vicepresidenta del directorio, Uruguay | ComplianceLatam Tech

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