Paraguay | Se promulga nueva Ley de Créditos de Carbono

Paraguay | Se promulga nueva Ley de Créditos de Carbono

El 12 de octubre de 2023, el presidente de la República del Paraguay firmó y promulgó la Ley 7190/2023 de los Créditos de Carbono. La nueva normativa dota al país de un marco regulatorio específico para el desarrollo de proyectos que generen créditos de carbono para su comercialización en los mercados internacionales, sean estos obligatorios o voluntarios.

Entre otras disposiciones, la nueva ley designa al Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) como autoridad de aplicación y crea el Registro de Créditos de Carbono nacional, que buscará brindar orden y transparencia al mercado local y evitar la doble contabilidad de reducción de emisiones. Así también, la norma contempla medidas para salvaguardar el cumplimiento de las Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC) del Paraguay, entre ellas la obligación de retener entre el 3 y 10% de los créditos de carbono generados por cada proyecto, y medidas diseñadas para fomentar la transferencia de conocimiento a profesionales y técnicos paraguayos. Con el fin de fomentar la inversión nacional y extranjera en proyectos locales, la ley otorga ciertas protecciones legales a los inmuebles destinados a proyectos en desarrollo, brindando claridad jurídica a la titularidad y transferibilidad de los créditos de carbono, y exonerando del Impuesto al Valor Agregado (IVA) la transferencia de estos.

MADES, como autoridad de aplicación designada, tiene ahora la tarea de reglamentar e implementar los procedimientos específicos exigidos en la nueva ley y velar por el cumplimiento de los mismos.

El Paraguay, con sus 16 millones de hectáreas de bosques, con el incremento acelerado en sus plantaciones forestales, y con su vasta disponibilidad de energía hidroeléctrica limpia y renovable, tiene un potencial enorme para el mercado internacional de créditos de carbono, cuyo valor global en el 2023 se estima en unos 1,2 billones de dólares, monto que se estima podría duplicarse en los próximos 5 años.

FERRERE asesora a clientes locales y extranjeros, incluyendo a terratenientes, desarrolladoras de proyectos, inversores, fondos especializados, y compradores finales, en las transacciones más significativas en el mercado de créditos de carbono en Paraguay.

Para mayor información contactar a:

Carla Arellano | Consejera Ferrere | carellano@ferrere.com

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Paraguay | Reglamentación de la Ley de Protección de Datos Personales Crediticios

Paraguay | Reglamentación de la Ley de Protección de Datos Personales Crediticios

El 5 de octubre de 2022 entró en vigencia la Resolución SDCU Nº 1502/2022 (la “Resolución”) a través de la cual la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (“SEDECO”) reglamenta los artículos 6, 9 y 20 de la Ley 6.534/20 “De Protección de Datos Personales Crediticios” (la “Ley de Protección de Datos”), aprueba el “Procedimiento para la tramitación de denuncias de consumidores y usuarios finales” y crea un “Registro Nacional de Denuncias, Inspecciones y de Infractores”.

A continuación, un breve resumen de las nuevas disposiciones:

1. Consentimiento informado

La Resolución establece que el consentimiento informado otorgado por el consumidor final a un proveedor, en los términos del artículo 6 de la Ley de Protección de Datos, sólo es aplicable al proveedor que lo obtuvo de manera directa.

Tampoco podría entenderse otorgado de forma implícita a otros proveedores, quienes no formaron parte de la autorización directa.

2. Derecho al olvido de datos crediticios 

La Resolución establece que el plazo máximo de 5 (cinco) años para la conservación de datos personales crediticios, establecido en la Ley de Protección de Datos, debe computarse desde la fecha de incumplimiento de la obligación, salvo las excepciones previstas en la norma legal.

3. Denuncias por incumplimientos de la Ley de Protección de Datos

La SEDECO, como autoridad de control podrá iniciar las investigaciones de presuntas infracciones a partir de denuncias recibidas o, de oficio.

A efectos de recibir las denuncias, la SEDECO habilitará en su página web oficial un módulo específico para denuncias relacionadas con incumplimientos de la Ley de Protección de Datos, donde los consumidores y usuarios podrán interponer sus denuncias, indicando datos como: (i) Nombre y apellido; (ii) Tipo y número de documento; (iii) Identificación y RUC del proveedor; (iv) Domicilio del proveedor; (v) Breve relato de la denuncia; (vi) Solución esperada – petitorio; (vii) Documentación probatoria.

La Resolución aprueba el procedimiento para la tramitación de denuncias en el marco de la Ley de Protección de Datos.

4. Registro nacional de denuncias, inspecciones y de infractores

La Resolución establece la creación de los siguientes registros:

  • Registro Nacional de Denuncias;
  • Registro Nacional de Inspecciones; y,
  • Registro Nacional de Infractores.

Estos registros son creados con fines estadísticos y, a efectos de verificar casos de reincidencia.

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Carla Arellano | Consejera Ferrere | carellano@ferrere.com

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Paraguay | Continua evaluación mutua del Paraguay ante GAFILAT

Paraguay | Continua evaluación mutua del Paraguay ante GAFILAT

Como parte del proceso de Evaluación Mutua del Paraguay ante el GAFILAT (Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica), que inició a fines de 2021, representantes del grupo evaluador y autoridades paraguayas se reunieron presencialmente en Buenos Aires para revisar algunas observaciones preliminares realizadas por GAFILAT tras su misión evaluadora al país. El gobierno aguarda para esta segunda quincena de marzo el último borrador del reporte y la calificación provisoria otorgada al país, la cual se mantendrá bajo reserva hasta su aprobación. El proceso concluiría con la reunión del pleno del GAFILAT prevista para el mes de julio de 2022, en la cual se aprobaría la calificación final y se darían a conocer los resultados oficiales de la evaluación.  

En el contexto de esta evaluación, y a modo de evitar una calificación negativa que podría significar la entrada del Paraguay a la “lista gris” de la GAFI, lo cual podría afectar gravemente a la economía y el comercio exterior del país, Paraguay ha puesto en vigencia en los últimos años una serie de leyes destinadas a combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, así como incrementado significativamente el combate a estos flagelos a través de acciones de investigación, enjuiciamiento, y sentencias ejemplares. 

Para más información, se puede acceder a página de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (SEPRELAD) a través de: https://www.seprelad.gov.py/evaluacion-mutua-gafilat-2021-i76 . 

Para mayor información contactar a:

Carla Arellano | Consejera Ferrere | carellano@ferrere.com

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Bolivia | La importancia de los códigos de ética en las empresas

Bolivia | La importancia de los códigos de ética en las empresas

 En Bolivia no existe normativa expresa que obligue a las empresas a contar con un Código de Ética. Sin embargo, y al igual que en otros países, el código de ética es una herramienta que engloba los valores corporativos, las obligaciones y las responsabilidades éticas de una organización, y la forma en la que se desarrolla, en un solo documento. Además, es un instrumento que orienta a los empleados sobre cómo manejar situaciones que plantean posibles  conflictos y buscar alternativas  de acción apropiadas. Para ser efectivos, estos códigos deben reflejar las características de la organización en particular, y el contexto de las relaciones y el entorno comercial en el que opera la empresa.

En Bolivia, el artículo 8 de la Constitución Política del Estado establece, asume y promueve  principios ético-morales de la sociedad plural, además de los principios y valores bajo los que se sustenta el Estado boliviano.

Bajo esos principios, tanto empresas privadas, como entidades públicas en Bolivia han elaborado códigos de ética que dirigen su actuar, así como el de sus funcionarios, según su actividad.

Por otro lado, la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (Foreign Corrupt Practices Act, o “FCPA”, por sus siglas en inglés), cuyo objetivo es, entre otros, el de establecer principios de ética para evitar corrupción institucional en los negocios llevados a cabo por empresas americanas, sus subsidiarias, o aquellas  que cotizan en la bolsa de Estados Unidos, en el extranjero; así como determinar reglas para que los empresarios actúen éticamente en las contrataciones que realizan fuera de dicho país.

De conformidad a esta norma, las empresas que buscan hacer negocios de manera legal y ética en un país extranjero, deben contar con un programa de Compliance diseñado para detectar y prevenir actos de corrupción. Los principales beneficios de un buen programa de Compliance  es el de reducir el riesgo de que los empleados de una subsidiaria extranjera infrinjan la ley debido a ignorancia o por la creencia errónea de que pagar sobornos traerá beneficios para la empresa. Adicionalmente, en caso de que una persona pague un soborno, a pesar de los mejores esfuerzos de la empresa, el Código de Ética y un buen programa de Compliance, deberán servir como prueba y guía de la medidas que fueron   adoptadas por la compañía.

El incumplimiento de esta normativa extranjera así como de los programas de Compliance, pueden llevar a sanciones económicas a las empresas que se encuentran alcanzadas por el FCPA.

Tanto  un programa efectivo de Compliance, como un  Código de Ética, hacen o forman parte de la cultura organizacional de una empresa, en donde el primero indica el camino para no ir en contra de las regulaciones, y el segundo establece lineamientos de comportamiento dentro y fuera del ambiente laboral.

Tanto las instituciones públicas, como privadas, deben estar orientadas a cumplir con objetivos colectivos en base a las normas de cada país, y debe elaborar normas y procedimientos internos que permitan desarrollar al personal que compone la organización, en base a los valores que la misma institución promueva.

A su vez, estos programas de Compliance y Códigos de Ética deben estar a disponibilidad de todas las áreas y personal de la organización.

Los pilares de un negocio exitoso son el desarrollo de una cultura de ética, donde los funcionarios conozcan los valores que promueven la actividad de la institución, y los principios que guían su conducta.

En este sentido, el personal debe estar capacitado y orientado a cumplir con las obligaciones coactivas (leyes, normas y reglamentos) y no coactivas (código de ética).

Para mayor información contactar a:

Carla Arellano | Consejera Ferrere | carellano@ferrere.com

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