Para realizar el trámite, las empresas deberán contar con libros autorizados, avisos de emisión de acciones registrados y firma electrónica avanzada del administrador único o secretario del consejo, además de presentar información detallada sobre su estructura accionaria.
El Registro Mercantil de Guatemala informó que, de conformidad con la Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo, las sociedades mercantiles cuyo capital esté dividido en acciones y que hayan sido constituidas antes del 16 de septiembre de 2026 deberán actualizar y remitir a dicho Registro la información de sus accionistas, dentro del plazo de un año. Adicionalmente, deberán inscribir a los integrantes de su órgano de administración dentro de los seis meses siguientes a la vigencia de la Ley.
Actualización del Registro de Accionistas y Administradores
El Registro Mercantil de Guatemala, a través del Ministerio de Economía, emitió un comunicado oficial en el que precisa el alcance de la obligación transitoria prevista en la Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo (Decreto 15-2026), aplicable a las sociedades mercantiles accionadas constituidas antes de su entrada en vigor.
Principales aspectos:
- Vigencia: la Ley entró en vigor el 16 de septiembre de 2026.
- Sujetos obligados: sociedades mercantiles cuyo capital esté dividido en acciones, constituidas antes de esa fecha.
- Plazo y obligación: un año, contado desde la vigencia de la Ley, para remitir al Registro Mercantil, de forma certificada y con carácter confidencial, la información de su registro de accionistas.
- Requisitos previos:
- Libro de Registro de Accionistas autorizado por el Registro Mercantil.
- Aviso de emisión de acciones debidamente registrado.
- Administrador Único o Secretario del Consejo de Administración vigente, con firma electrónica avanzada.
- Formulario electrónico con el nombre y domicilio de los accionistas; numeración, serie y clase de las acciones; llamamientos y pagos realizados; y transmisiones de acciones efectuadas.
- Inscripción de administradores: seis meses, contados a partir del 17 de septiembre de 2026, para inscribir ante el Registro Mercantil a los miembros del órgano de administración.
- Alcance de la obligación: este régimen transitorio aplica únicamente a sociedades constituidas antes del 16 de septiembre de 2026. Las que se constituyan a partir de esa fecha se rigen por la obligación permanente de aviso dentro de los diez días hábiles siguientes a la primera inscripción o a cada transmisión de acciones.
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