Argentina | ISSB emite estándares globales de divulgación de sostenibilidad inaugurales

Argentina | ISSB emite estándares globales de divulgación de sostenibilidad inaugurales

Informe conjunto de los departamentos de ESG y Mercado de Capitales | ISSB emite estándares globales de divulgación de sostenibilidad inaugurales

El pasado mes de junio, el Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB, por sus siglas en inglés) emitió sus normas inaugurales, las NIIF S1 y las NIIF S2, marcando el comienzo de una nueva era de divulgaciones relacionadas con la sostenibilidad en los mercados de capitales de todo el mundo.

La NIIF S1 proporciona un conjunto de requisitos de divulgación diseñados para permitir que las empresas comuniquen a los inversores los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad a los que se enfrentan a corto, medio y largo plazo. La NIIF S2 establece revelaciones específicas relacionadas con el clima y está diseñada para usarse con la NIIF S1. Estos estándares ISSB están diseñados para garantizar que las empresas proporcionen información relacionada con la sustentabilidad junto con los estados financieros, en el mismo paquete de información.

Con la emisión de las NIIF S1 y NIIPD S2, el ISSB trabajará con las jurisdicciones y las empresas para respaldar su adopción. Los primeros pasos serán la creación de un Grupo de Implementación de Transición para apoyar a las empresas que aplican los Estándares y el lanzamiento de iniciativas de desarrollo de capacidades para respaldar una implementación efectiva.

El ISSB también continuará trabajando con las jurisdicciones que deseen exigir divulgaciones incrementales más allá de la línea de base global y con GRI para respaldar informes eficientes y efectivos cuando los estándares ISSB se aplican en combinación con otros estándares de informes.

A. IFRS S1: Requerimientos generales para la divulgación de información financiera relacionada con sostenibilidad

Su objetivo es requerir a las entidades exponer todos los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad que razonablemente podría esperarse que afecten los flujos de efectivo de la entidad o su acceso a financiamiento, que sean de utilidad para los usuarios de reportes financieros de propósito general al momento de tomar decisiones relacionadas a proveer recursos a las entidades.

A menos que otra norma de divulgación de sostenibilidad de la IFRS lo permita o requiera de otro modo, las entidades deben presentar declaraciones sobre:

— Gobernanza: los procesos, controles y procedimientos que usa la entidad para monitorear los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad.

— Estrategia: el acercamiento que la entidad usa para manejar los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad.
> Modelo de negocio y cadena de valor
> Estrategia y toma de decisiones
> Situación y rendimiento financiero, flujos de efectivo
> Resiliencia

— Gestión de riesgos: los procesos que usa la entidad para identificar, evaluar, priorizar y monitorear los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad.

— Medidas y objetivos: el desempeño de la entidad en relación con los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad, incluyendo el progreso hacia cualquier objetivo que la entidad haya establecido o sea requerido por regulación legal.

Requisitos generales:

a. Fuentes de orientación:

i. Identificar los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad.
ii. Identificar requerimientos de divulgación aplicable.
iii. Divulgación de información sobre las fuentes de orientación.

b. Ubicación de la información (divulgación): Se requiere a las entidades presentar las divulgaciones requeridas por las Normas de Divulgación de Sostenibilidad de la IFRS como parte de su reporte de sostenibilidad de propósito general.

c. Calendario de presentación de informes: Los estados financieros y la información financiera relacionada con la sostenibilidad deberán ser presentados al tiempo.

i. Normalmente, una entidad prepara divulgaciones financieras relacionadas con la sostenibilidad por un período de 12 meses. Sin embargo, por razones prácticas, algunas entidades prefieren presentar informes, por ejemplo, durante un período de 52 semanas. Esta norma no excluye esa práctica.
ii. Esta norma no exige qué entidades estarían obligadas a proporcionar divulgaciones financieras provisionales relacionadas con la sostenibilidad, con qué frecuencia o qué tan pronto después del final de un período intermedio.

d. Información corporativa: La entidad revelará información comparativa con respecto al período anterior para todos los montos revelados en el período de informe.

e. Declaración de cumplimiento:

i. Esta norma exime a una entidad de divulgar información requerida por una norma de Divulgación de Sostenibilidad IFRS si la ley o regulación prohíbe a la entidad divulgar esa información.
ii. También exime a una entidad de revelar información sobre una oportunidad relacionada con la sostenibilidad requerida por una norma de Divulgación de Sostenibilidad IFRS si esa información es comercialmente sensible como se describe en esta norma.

Fuente: IFRS – IFRS S1 General Requirements for Disclosure of Sustainability-related Financial Information

B. IFRSS2: Divulgaciones relacionadas con el clima

Su objetivo es requerir a las entidades exponer todos los riesgos y oportunidades relacionados con el cambio climático que razonablemente podría esperarse que afecten los flujos de efectivo de la entidad o su acceso a financiamiento, que sean de utilidad para los usuarios de reportes financieros de propósito general al momento de tomar decisiones relacionadas a proveer recursos a las entidades.

Alcance:

a. Riesgos climáticos a los que está expuesta la entidad:

i. Riesgos físicos, y
ii. Riesgos de transición.

b. Oportunidades relacionadas con lo climático disponibles para la entidad.

— Gobernanza:

> El organismo de gobernanza de la supervisión de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima. Específicamente, la entidad identificará a ese organismo o individuo y divulgará la información.
> El papel de la administración en los procesos, controles y procedimientos de gobernanza utilizados para monitorear, gestionar y supervisar los riesgos y oportunidades relacionados con el clima.

— Estrategia: Permitir que los usuarios de informes financieros de propósito general comprendan la estrategia de una entidad para gestionar los riesgos y oportunidades relacionados con el clima.
> Modelo de negocio y cadena de valor
> Estrategia y toma de decisiones
> Situación y rendimiento financiero, flujos de efectivo
> Resiliencia climática

— Gestión de riesgos: Permitir a los usuarios de informes financieros de propósito general comprender los procesos de una entidad para identificar, evaluar, priorizar y monitorear los riesgos y oportunidades relacionados con el clima, incluyendo si esos procesos se integran e informan el proceso general de gestión de riesgos de la entidad y cómo.

— Medidas y objetivos:

— Mediciones

a. Gases de Efecto Invernadero (GEI):

i. Divulgar sus emisiones brutas absolutas de gases de efecto invernadero generadas durante el período de notificación, expresadas en toneladas métricas de CO2 equivalente, clasificado como:
> Alcance 1 Emisiones de gases de efecto invernadero;
> Alcance 2 Emisiones de gases de efecto invernadero;
> Alcance 3 Emisiones de gases de efecto invernadero.

ii. Medir sus emisiones de gases de efecto invernadero de conformidad con el Protocolo sobre Gases de Efecto Invernadero: una norma de contabilidad y presentación de informes corporativos (2004).

iii. Divulgar el enfoque que utiliza para medir sus emisiones de gases de efecto invernadero, incluidos:
1. El enfoque de medición, los insumos y los supuestos que la entidad utiliza para medir sus emisiones de gases de efecto invernadero;
2. La razón por la que la entidad ha elegido el enfoque de medición; y
3. Cualquier cambio que la entidad haya realizado en el método de medición y las razones de esos cambios.

b. Riesgos de transición relacionados con el clima.

c. Riesgos físicos relacionados con el clima.

d. Oportunidades relacionadas con el clima.

e. Despliegue de capital.

f. Precios internos del carbono.

g. Remuneración:
> si las consideraciones relacionadas con el clima se tienen en cuenta en la remuneración de los ejecutivos y de qué manera.
> el porcentaje de remuneración de la dirección ejecutiva reconocido en el período actual que está vinculado a consideraciones relacionadas con el clima.

— Objetivos:

a. La métrica utilizada para establecer el objetivo;
b. Objetivo de la meta;
c. Parte de la entidad a la que se aplica el objetivo;
d. Período durante el cual se aplica el objetivo;
e. Período de base a partir del cual se mide el progreso;
f. Metas intermedias;
g. Objetivo absoluto o de intensidad; y
h. Cómo el más reciente tratado internacional ha informado el objetivo.

Fuente: IFRS – IFRS S2 Climate-related Disclosures

Para mayor información contactar a:

Gustavo Papeschi | Socio de Beccar Varela | gpapeschi@beccarvarela.com

Compartir:
Argentina | Sexto Informe de Evaluación del IPCC

Argentina | Sexto Informe de Evaluación del IPCC

Se publicó el Informe de Síntesis (SYR) del Sexto Informe de Evaluación (IE6) del IPCC, que resume el estado de los conocimientos sobre el cambio climático, sus impactos y riesgos generalizados, y la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo. Integra las principales conclusiones del Sexto Informe de Evaluación (IE6) basadas en las contribuciones de los tres grupos de trabajo y los tres informes especiales. El resumen para responsables de políticas (SPM) está estructurado en tres partes:

A. Situación actual y tendencias, SPM.
B. Cambio climático futuro, riesgos y respuestas a largo plazo, y SPM.
C. Respuestas a corto plazo.

El informe reconoce la interdependencia del clima, los ecosistemas y la biodiversidad, y las sociedades humanas; el valor de las diversas formas de conocimiento; y los estrechos vínculos entre la adaptación al cambio climático, la mitigación, la salud de los ecosistemas, el bienestar humano y el desarrollo sostenible, y refleja la creciente diversidad de actores implicados en la acción climática.

Basándose en la comprensión científica, las conclusiones clave pueden formularse como afirmaciones de hecho o asociarse a un nivel de confianza evaluado utilizando el lenguaje calibrado del IPCC.

IPCC Sixth Assessment Report

Para mayor información contactar a:

Gustavo Papeschi | Socio de Beccar Varela | gpapeschi@beccarvarela.com

Compartir:
Argentina | Nuevo informe de sostenibilidad de Beccar Varela

Argentina | Nuevo informe de sostenibilidad de Beccar Varela

Beccar Varela presenta su último informe de sostenibilidad, “Trayectoria e innovación para un futuro sostenible”, el cual reporta el trabajo realizado por la firma en la materia a lo largo del período 2020-21. Varios equipos participaron de la elaboración del informe bajo los estándares de Global Reporting Initiative (GRI).

La estrategia de sostenibilidad de Beccar Varela está compuesta por tres dimensiones centrales: el asesoramiento legal con criterio ESG, que tiene por objeto brindar soluciones legales que integren aspectos ambientales, sociales y de gobernanza; la gestión responsable del negocio, focalizada en los colaboradores de la firma, siguiendo buenas prácticas de gobierno corporativo y cuidando el ambiente; y las relaciones con la comunidad, a través del asesoramiento pro bono de excelencia y del apoyo a la educación dirigido a quienes más lo necesitan desde el Proyecto Dar. A lo largo del período considerado la firma alcanzó con éxito objetivos en las tres dimensiones de su estrategia, particularmente en el cuidado y bienestar de sus integrantes, así como en el trabajo de apoyo a las comunidades vulnerables que más sufrieron el impacto de la pandemia y sus consecuencias.

Con el fin de priorizar el cuidado y la seguridad de los integrantes del estudio, Horacio Beccar Varela, socio administrador, menciona que implementaron “un protocolo de trabajo seguro con perspectiva de género y conformamos un equipo de teletrabajo interdisciplinario para conciliar las actividades diarias del trabajo y su nueva modalidad”. La socia Fernanda Mierez enfatiza que “los desafíos de este contexto pusieron de manifiesto la relevancia que adquieren los aspectos ESG en el asesoramiento legal”. La firma participó en proyectos de finanzas sostenibles en los que acompañó a empresas, organizaciones sin fines de lucro y gobiernos en la búsqueda de alternativas para el financiamiento orientado a resultados sociales y ambientales positivos, como en el caso de la primera emisión de bonos sociales, verdes y sustentables, realizada por una asociación civil y articulada junto a la Comisión Nacional de Valores para facilitar el acceso de fundaciones y asociaciones al mercado de capitales. En línea con los programas de relacionamiento con la comunidad, la firma reforzó su compromiso con las organizaciones con las que habitualmente colabora. Durante este período, el Programa Pro Bono de Beccar Varela cumplió 20 años, logrando duplicar la cantidad de horas anuales destinadas a causas de bien público. Este espacio continúa creciendo con la incorporación de nuevos socios y abogados que destinan su tiempo y conocimiento al asesoramiento legal y el acceso a la justicia en favor de los grupos y comunidades en situación de vulnerabilidad. Ejemplo de esta evolución del proyecto es la reciente adhesión del equipo de derecho ambiental y cambio climático.

Beccar Varela es un estudio jurídico líder de Argentina. Asesora a empresas nacionales e internacionales de diversas industrias en todas las áreas del derecho corporativo. Es la primera firma de asesoramiento legal integral del país en unirse al Pacto Global de las Naciones Unidas, así como en presentar un informe de sostenibilidad. En 2022 cumplió 125 años de trayectoria.

Click aquí para leer el Informe de Sostenibilidad 2020-2021.

Para mayor información contactar a:

Gustavo Papeschi | Socio de Beccar Varela | gpapeschi@beccarvarela.com

Compartir:
Argentina | Entre Ríos será sede de la Asamblea N° 102 del Consejo Federal del Consumo

Argentina | Entre Ríos será sede de la Asamblea N° 102 del Consejo Federal del Consumo

El próximo 1 de diciembre se realizará en Paraná, la Asamblea N° 102 del Consejo Federal del Consumo (Cofedec), organizada por la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de Entre Ríos.

Funcionarios de la Secretaría de Comercio de la Nación, de la Subsecretaría de acciones para la Defensa de las y los Consumidores y de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje de Consumo, como así también directores de Defensa del Consumidor de todo el país, participarán de la asamblea para ahondar y coordinar políticas y acciones vinculadas a los derechos de los consumidores y el comercio.

El Consejo Federal de Consumo es una instancia de coordinación de políticas vinculadas a temas ligados a los consumidores. Está integrado por representantes del Gobierno de la Nación, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de todas las provincias. En cada una de las Asamblea se debate proyectos y coordinan políticas vinculadas a temas de consumo, donde la autoridad nacional y las autoridades provinciales comparten experiencias y desarrollan políticas en conjunto a fin de defender y fortalecer los derechos de las y los consumidores.

La provincia de Entre Ríos además de integrar Cofedec, forma parte del cuerpo de Asesores del Organismo sobre temas vinculados a Educación al Consumidor, por elección democrática de todas las provincias integrantes.

En las dos últimas asambleas que se desarrollaron en Rosario, Santa Fe y Resistencia, Chaco se abordarán temas claves como: competencia del Banco Central de la República Argentina en materia de relaciones de consumos financieros; daño directo y planes de ahorro: Superintendencia de Seguros de la Nación; fijación de procedimientos administrativos generales; ventas a través de redes sociales; medicina prepaga: preexistencia, casos de discapacidad; competencias en temas aeronáuticos: derivación a Administración Nacional de Aviación Civil; problemática bancaria: bloqueo de cuenta bancaria y refinanciación abusiva de deuda; tarjeta de crédito: impugnación de resumen por cargos revocados en tiempo y forma; entre otros.

Son funciones del Consejo Federal del Consumo:

a) Promover la educación del consumidor o usuario con los objetivos de:

I) Fortalecer la libertad de elección y optimizar la racionalidad en el consumo de bienes y servicios,

II) facilitar la comprensión y utilización de la información que se brinda a los usuarios y consumidores por parte de los proveedores,

III) difundir el conocimiento de los deberes y derechos de los consumidores y usuarios y la forma más adecuada para ejercerlos y,

IV) fomentar la prevención de riesgos que puedan derivarse del consumo de productos o de la utilización de servicios.

b) Propender a la homogeneización de criterios en cuanto a la aplicación de políticas públicas relacionadas con el consumo, incluyendo propuestas de modificación y/o armonización de la normativa vigente en materia de protección al consumidor.

c) Intercambiar información con los sectores productivos a fin de favorecer la mayor eficiencia en la producción y comercialización de los bienes destinados al consumo.

d) Promover la instalación de oficinas públicas de información al consumidor o usuario que cumplan como mínimo las siguientes funciones:

I) difundir los resultados de estudios, análisis comparativos, ensayos y controles de calidad sobre productos y servicios y,

II) gestionar la recepción, registro y acuse de recibo de quejas y reclamos de los consumidores o usuarios y su remisión a las entidades u organismos que corresponden.

e) Estimular la creación de asociaciones de consumidores, manteniendo con ellas un intercambio y colaboración permanentes y llevar registros nacionales y provinciales actualizados de las existentes.

f) Recabar información de entidades públicas y privadas relacionadas con la protección del consumidor.

g) Solicitar la colaboración de los entes y organismos de control con competencia en la materia para una mejor atención de los problemas de los consumidores y usuarios.

h) Solicitar la colaboración de instituciones públicas y privadas, departamentos especializados de las universidades y cualquier otro organismo técnico para la realización de estudios, análisis comparativos, ensayos y controles de calidad sobre productos o servicios y difundir sus resultados.

i) Proponer a las autoridades competentes el otorgamiento de becas para el personal afectado a las reparticiones, a efectos de su capacitación permanente en la materia de protección al consumidor.

j) Promover el intercambio de información y la colaboración para la realización de acciones destinadas a la protección de los consumidores con organismos internacionales públicos y privados de defensa del consumidor.

k) Brindar asesoramiento al Congreso de la Nación y a las Legislaturas Provinciales en lo referente a la problemática legislación de consumo.

l) Fortalecer las relaciones institucionales con otros organismos oficiales con competencia en consumo o entes reguladores de servicios públicos.

Fuente: Noticias Entre Ríos

Para mayor información contactar a:

Gustavo Papeschi | Socio de Beccar Varela | gpapeschi@beccarvarela.com

Compartir:
Argentina | ISSB emite estándares globales de divulgación de sostenibilidad inaugurales

Argentina | Novedades legales de derecho ambiental y cambio climático

Legislación

Nación

Ley N°27.670 – Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales (07.07.2022) Creó el Parque y Reserva Nacional Islote Lobos (Río Negro).

Ley N°27.672 – Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales (13.07.2022) Estableció aceptar la transferencia de jurisdicción efectuada por la provincia de Entre Ríos al Estado nacional mediante el artículo 3º de la Ley Provincial N°10.841, sobre el inmueble denominado Campo Coronel Sarmiento de la ciudad de Diamante cuya área se encuentra delimitada en el artículo 1º de la misma norma provincial. Aceptó las condiciones y el plazo previsto por la provincia de Entre Ríos respecto a la condición de incorporar el terreno al sistema de los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales a efectos de ampliar el Parque Nacional Pre–Delta.

Ley N°27.673 – Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales (13.07.2022) Estableció aceptar la cesión del dominio y la jurisdicción ambiental efectuada por la provincia de Córdoba al Estado Nacional, mediante el artículo 1º de la Ley Provincial N°10.775, de todos los terrenos de propiedad de la provincia de Córdoba que se encuentran dentro del espejo de agua de la laguna de Mar Chiquita o Mar de Ansenuza, ubicados catastralmente en la pedanía Libertad del departamento de San Justo y en la pedanía Mercedes del departamento de Tulumba, los que en conjunto encierran una superficie aproximada de 185.939 hectáreas y se encuentra demarcada en la zona sur del polígono, cuyos límites y distribución se describen en los anexos I y II que forman parte integrante de la ley, con el objeto de crear y emplazar el Parque Nacional Ansenuza. Estableció aceptar la cesión de la jurisdicción ambiental efectuada por la provincia de Córdoba al Estado nacional mediante el artículo 2º de la Ley Provincial N°10.775, sobre una superficie aproximada de 475.477 hectáreas, que comprende los humedales constituidos por los bañados del río Dulce y la parte norte del espejo de agua de la laguna de Mar Chiquita o Mar de Ansenuza, ubicada catastralmente en las pedanías Candelaria Norte y Candelaria Sur del departamento de Río Seco, en la pedanía Mercedes del departamento de Tulumba y la pedanía Libertad del departamento de San Justo que se encuentra demarcada en la zona norte del polígono, cuyos límites y distribución se describen en los anexos I y II, que forman parte integrante de la ley, con el objeto de crear y emplazar la Reserva Nacional Ansenuza.

Decreto N°300/2022 PEN – Montos sobre multas Ley 22.351 de Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales (06.06.2022) Fijó los montos mínimo y máximo de las multas previstas en el artículo 28 de la Ley N°22.351, en la suma equivalente a 1 y a 3500 Módulos, respectivamente, cuyo valor se dispone en el artículo 28 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional. 

Resolución N°306/2022 MAyDS – SIIF (12.07.2022) Aprobó el Sistema Integrado de Información Forestal (SIIF), que se encuentra alojado en un servidor digital de la Dirección Nacional de Bosques de la Secretaría de Política Ambiental en Recursos Naturales del MAyDS, que contendrá la información forestal necesaria a fin de gestionar y procesar datos que coadyuven a mejorar la implementación de la Ley N°26.331. El SIIF se desarrollará progresivamente con sus correspondientes módulos de acuerdo con los requerimientos en la implementación de la Ley N°26.331.

Resolución N°478/2022 – Ministerio de Seguridad (21.07.2022)
Modificó el Protocolo de trazabilidad y destrucción de los estupefacientes incautados o secuestrados agregándole una disposición que establece que para los casos en que se ordenare como método de destrucción el de incineración, se utilizarán métodos que garanticen el tratamiento de las emanaciones con la finalidad que no resulten perjudiciales al ambiente, debiendo en caso de duda solicitarse la colaboración de personal de Bomberos y Protección Ambiental de las distintas fuerzas.

Resolución N°310/2022 – Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (13.07.2022) Creó el Programa Nacional de Bioprospección y Puesta en Valor de la Biodiversidad que tendrá el objetivo de diseñar, poner en marcha y consolidar un banco de extractos que represente los principales grupos taxonómicos de la biodiversidad argentina y que presenten interés potencial desde el punto de vista de su metabolismo secundario. Ello incluye principalmente plantas vasculares, hongos, microorganismos, y algunos organismos marinos, todos ellos de importancia manifiesta para cualquier investigación inherente al descubrimiento de moléculas novedosas de interés en el ámbito de la salud, alimentación, cosmética o química.

Con el objeto de cumplir con el objetivo del Programa, se prevé llevar a cabo las actividades en dos etapas:
– 1. Etapa de Incubación: tiene como objetivo implementar un banco inicial con 1.000 muestras, asociada a una base de datos. Se llevará a cabo en el Instituto Patagónico del Mar de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, con amplia experiencia en el estudio químico y farmacológico de productos naturales con plazo de 1 año.
– 2. Etapa de Escalado: sobre la base de los resultados obtenidos en la etapa de incubación, se buscará incrementar en forma sostenida la representatividad de la biodiversidad de nuestro país en el banco de extractos, así como de poner la misma a disposición de la comunidad científica nacional e internacional a través de un software que permita un intercambio ágil de las muestras para los estudios fitoquímicos y farmacológicos correspondientes en un plazo de 3 a 5 años.

Resolución N°62/2022 Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (28.07.2022) Aprobó el Procedimiento de Provisión y Relevamiento de Información sobre las Fuentes de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEIs) de las Infraestructuras e instalaciones Aeroportuarias del Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA). Instruyó a la Gerencia de Obras de Infraestructura Aeroportuaria del ORSANA a llevar a cabo la gestión del referido Procedimiento y el desarrollo y monitoreo de un Inventario de Gases de Efecto Invernadero de la infraestructura aeroportuaria.

Resolución N°101/2022 Administración General de Puertos SE – Reglamento de uso y explotación de espacios portuarios (06.06.2022) Aprobó el Reglamento de Uso y Explotación de espacios portuarios de la Administración General de Puertos S.E. el que incluye responsabilidades y obligaciones específicas en materia ambiental.

Resolución N°370/2022 Administración de Parques Nacionales – Reglamento para la investigación científica (24.06.2022) Aprobó el Reglamento para la investigación científica en la Administración de Parques Nacionales (APN). 

Resolución N°4/2022 – Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo (12.07.2022) Aprobó el Plan de Acción Regional para Reducir la Interacción de Aves Marinas con las Pesquerías que se desarrollan en las Aguas de Interés Común Gestionadas por la Comisión Técnica Mixta del Frente Marino en el marco del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo de 1973.

Resolución N°177/2022 – Agencia de Administración de Bienes del Estado (21.07.2022) Incorpora el artículo 58 bis al Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional por medio del cual establece que, excepcionalmente, cuando se constatase riesgo de intrusión o de daños al inmueble y/o sus instalaciones si se lo dejase vacante, la Agencia de Administración de Bienes del Estado podrá suscribir con quien lo ocupare sin título jurídico válido o vigente, un Convenio de Desocupación con el objeto de preservarlo, hasta tanto se le asigne al mismo un destino específico o se resuelva su concesión o disposición. Entre otros aspectos, dichos convenios deberán prever como obligación del ocupante la obligación de restitución del inmueble libre de todo tipo de enseres, cosas y residuos, debiendo el ocupante hacerse cargo, en caso de corresponder, del saneamiento y remediación de aquellas posibles afectaciones o pasivos ambientales que pudieren generarse a futuro, como consecuencia del desarrollo de actividades en el inmueble.

ACUMAR

Disposición N°129/2022 ACUMAR – Prórroga (01.07.2022) Prorrogó la obligación correspondiente al año 2021 de actualizar la información declarada en la “DECLARACIÓN JURADA DEL REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS Y ACTIVIDADES DE LA CUENCA MATANZA RIACHUELO” (DJ REAMAR) establecida en el inciso a) del artículo 10 de la Resolución N°297/2018 modificada por la Resolución N°214/2021, la que deberá ser cumplida hasta el 31 de julio de 2022 inclusive.

Resolución N°102/2022 ACUMAR – Infracción por utilización de agua para dilución (09.06.2022) Incorporó el artículo 44 de la Resolución N°12/2019 que establece las infracciones en el ámbito de ACUMAR, el siguiente inciso: “y) La verificación de utilización de agua para dilución, así como la constatación de una instalación adaptada para diluir, a efectos de disminuir la concentración de los parámetros de calidad del vertido de efluentes líquidos, será sancionada con multa para cuyo cálculo se aplicará un Coeficiente de Tipo de Infracción (CTI): TRECE (13). 

Buenos Aires

Decreto N°595/2022 PE – Estado de emergencia (10.06.2022) Declaró el estado de Emergencia y Desastre Agropecuario por inundación, a los fines de la Ley N°10.390 y modificatorias, en el partido de General Villegas, por el período comprendido entre el 1° de enero de 2022 y el 31 de marzo de 2022.

Decreto N°761/2022 Poder Ejecutivo (15.07.2022) Aprobó el Acta de Creación del Comité Interjurisdiccional de la Cuenca del Arroyo Medrano (CICAM) celebrada con fecha 22 de febrero de 2016.

Resolución N°174/2022 Ministerio de Ambiente – Convenio de Cooperación (09.06.2022) Aprobó el Convenio Marco de Cooperación, Articulación y Entendimiento suscripto entre este Ministerio de Ambiente y el Municipio de Lomas de Zamora de la Provincia de Buenos Aires.

Resolución N°175/2022 Ministerio de Ambiente – Convenio de Cooperación (09.06.2022) Aprobó el Convenio Marco de Cooperación, Articulación y Entendimiento suscripto entre este Ministerio de Ambiente y el Municipio Carmen de Areco de la Provincia de Buenos Aires.

Resolución N°198/2022 Ministerio de Ambiente – Convenio de Cooperación (05.07.2022) Aprobó el Convenio Marco de Cooperación, Articulación y Entendimiento suscripto entre el Ministerio de Ambiente y el Municipio de Quilmes de la Provincia de Buenos Aires a los fines de ejecutar políticas ambientales.

Resolución N°199/2022 Ministerio de Ambiente – Convenio de Cooperación (05.07.2022) Aprobó el Convenio Marco de Cooperación, Articulación y Entendimiento suscripto entre el Ministerio de Ambiente y el Municipio de Monte Hermoso de la Provincia de Buenos Aires a los fines de ejecutar políticas ambientales.

Resolución N°200/2022 Ministerio de Ambiente – Convenio de Cooperación (05.07.2022) Aprobó el Convenio Marco de Cooperación, Articulación y Entendimiento suscripto entre el Ministerio de Ambiente y el Municipio de Navarro de la Provincia de Buenos Aires a los fines de ejecutar políticas ambientales.

Resolución N°201/2022 Ministerio de Ambiente – Convenio de Cooperación (05.07.2022) Aprobó el Convenio Marco de Cooperación, Articulación y Entendimiento suscripto entre el Ministerio de Ambiente y la Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE) a los fines de ejecutar políticas ambientales.

Resolución N°214/2022 Ministerio de Ambiente – Convenio de Cooperación (12.07.2022) Aprobó el Convenio Marco de Cooperación, Articulación y Entendimiento suscripto entre el Ministerio de Ambiente y el Municipio de Moreno de la Provincia de Buenos Aires.

Resolución N°215/2022 Ministerio de Ambiente – Convenio de Cooperación (12.07.2022) Aprobó el Convenio Marco de Cooperación, Articulación y Entendimiento suscripto entre el Ministerio de Ambiente y el Municipio de Tandil de la Provincia de Buenos Aires.

Resolución N°227/2022 Ministerio de Ambiente – Convenio de Cooperación (19.07.2022) Aprobó el Convenio Marco de Cooperación, Articulación y Entendimiento suscripto entre el Ministerio de Ambiente y el Municipio de Carlos Tejedor de la Provincia de Buenos Aires.

Resolución N°228/2022 Ministerio de Ambiente – Convenio de Cooperación (19.07.2022) Aprobó el Convenio Marco de Cooperación, Articulación y Entendimiento suscripto entre el Ministerio de Ambiente y el Municipio de Las Flores de la Provincia de Buenos Aires. 

Resolución N°228/2022 Ministerio de Ambiente – Convenio de Cooperación (27.07.2022) Aprobó el Convenio Marco de Cooperación, Articulación y Entendimiento suscripto entre el Ministerio de Ambiente y el Municipio de Laprida de la Provincia de Buenos Aires. 

Resolución N°207/2022 Ministerio de Desarrollo Agrario – Estado de emergencia (23.06.2022) Declaró el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario con carácter individual según listado de productores ganaderos a los fines de la Ley N°10.390 y modificatorias, para las explotaciones rurales afectadas por sequía del partido de Villarino, por el período comprendido entre el 01.07.2022 y 31.12.2022. 

Resolución N°199/2022 Ministerio de Desarrollo Agrario – Estado de emergencia (24.06.2022) Declaró el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario con carácter individual según listado de productores a los fines de la Ley N°10.390 y modificatorias, para las explotaciones rurales afectadas por sequía del partido de General Paz, por el período comprendido entre el 01.01.2022 y el 30.06.2022. 

Resolución N°214/2022 Ministerio de Desarrollo Agrario – Estado de emergencia (29.06.2022) Declaró el estado de Emergencia Agropecuaria con carácter Individual según listado de productores a los fines de la Ley N°10.390 y modificatorias, para las explotaciones rurales afectadas por sequía del partido de Magdalena, por el período comprendido entre el 01.01.2022 y el 31.03.2022.

Resolución N°243/2022 Ministerio de Desarrollo Agrario – Estado de emergencia (11.07.2022) Declaró el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario con carácter individual a los fines de la Ley N°10.390 y modificatorias, según listado de productores ganaderos, para las explotaciones rurales de las circunscripciones V, VI, VII, VIII, IX, X y XI afectadas por sequía del partido de Puán, por el período comprendido entre 01.07.2022 y el 31.03.2022.

Córdoba

Resolución N°167/2022 – Secretaría de Ambiente (28.06.2022) Autorizó en su mérito a toda empresa o dirección de ferrocarril nacional a realizar las tareas de mantenimiento de la red de vías ferroviarias ubicadas dentro del territorio de la Provincia de Córdoba que impliquen intervención sobre la vegetación, sin necesidad de efectuar presentación alguna por ante la Secretaria de Ambiente (u organismo que en el futuro la reemplace), debiendo mantener todo ejemplar arbóreo de especie nativa cuya extracción no resulte imprescindible para el cumplimiento de la finalidad mencionada en los considerandos de la presente resolución, todo en el marco de la Ley N°9814.

Jujuy

Ley N°6.283 – Estrategia ambiental para la reducción de plásticos (22.06.2022) Creó la “Estrategia ambiental para la reducción progresiva y prohibición específica de plásticos de un solo uso en todo el ámbito de la Provincia de Jujuy”, que establece un mecanismo de sustitución progresiva y prohibición gradual específica de los “plásticos de un sólo uso” con el fin de salvaguardar la calidad del ambiente, contribuir a mejorar las condiciones de salud de la población actual y futuras generaciones.

Mendoza Resolución N°549/2022 DRNR – (03.05.2022) Estableció los mecanismos a través de los cuales, tanto personas humanas como jurídicas, deben solicitar el acceso a los recursos provenientes de la biodiversidad de la provincia de Mendoza para la utilización con fines de investigación técnica y científica y desarrollo.  

Misiones

Ley N°XVI–146 – Marco Regulatorio para los Humedales (09.06.2022) Estableció el marco regulatorio para la preservación, conservación, defensa y desarrollo de los humedales que protegen y contribuyen a mantener el equilibrio del ecosistema a partir de los servicios ambientales que brindan para la riqueza natural de la provincia.

Ley N°XVI–147 – Establecimientos de espacios libre de humo en áreas naturales protegidas (16.06.2022) Estableció espacios Libres de Humo en áreas naturales protegidas para preservar y mejorar la calidad del aire y el agua, prevenir incendios forestales y promover hábitos saludables.

Ley N° XVI–150 – Sistema de Gestión Integrada de Cuencas Hidrográficas (06.07.2022) Creó el Sistema de Gestión Integrada de Cuencas Hidrográficas con el fin de conservar el ambiente y lograr la mejor calidad de vida de la población para alcanzar el desarrollo sostenible de la Provincia. Comprende a las cuencas, subcuencas y microcuencas donde ocurren los procesos ecológicos y socioculturales. Establece como objetivos promover y garantizar la gestión integrada de los recursos naturales en las cuencas hidrográficas, a los efectos de proporcionar a la sociedad bienes y servicios ambientales en forma sostenible e, impulsar la protección del ambiente, las cuencas hídricas y de los corredores de biodiversidad que vinculen las áreas naturales protegidas de la región, entre otros.

Ley N° XVI–151 – Eficiencia energética en inmuebles (06.07.2022) Tiene por objeto establecer lineamientos fundamentales para mejorar las prácticas de eficiencia energética, adoptando estándares y etiquetados en inmuebles a partir de la utilización racional de energía y el diseño de políticas públicas.

Neuquén

Ley N°3.336 – Productos fitosanitarios (24.06.2022) Prohibió elaborar, comercializar y usar productos fitosanitarios a base de Clorpirifós etil o metil.

Novedades

La ONU declara que el ambiente saludable es un derecho humano

Por medio de la Resolución A/76/L.75, el pasado 26 de julio, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) reconoce el derecho a una ambiente limpio, saludable y sostenible como un derecho humano. Asimismo afirma que la promoción del derecho humano a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible requiere la plena aplicación de los acuerdos multilaterales ambientales con arreglo a los principios del derecho ambiental internacional y exhorta a los Estados, las organizaciones internacionales, las empresas y otros interesados pertinentes a que adopten políticas, aumenten la cooperación internacional, refuercen la creación de capacidad y sigan compartiendo buenas prácticas con el fin de intensificar los esfuerzos para garantizar un medio ambiente limpio, saludable y sostenible para todos.

En sus fundamentos, la norma reconoce que:

(i) los efectos del cambio climático, la ordenación y el uso no sostenibles de los recursos naturales, la contaminación del aire, las tierras y el agua, la gestión irracional de las sustancias químicas y los desechos, la pérdida resultante de diversidad biológica y la disminución de los servicios prestados por los ecosistemas interfieren en el disfrute de un medio ambiente limpio, saludable y sostenible, y que los daños ambientales tienen repercusiones negativas, tanto directas como indirectas, en el disfrute efectivo de todos los derechos humanos, y
(ii) la degradación del medio ambiente, el cambio climático, la pérdida de diversidad biológica, la desertificación y el desarrollo insostenible son algunas de las amenazas más acuciantes y graves para la capacidad de las generaciones presentes y futuras de disfrutar plenamente de todos los derechos humanos, entre otras cuestiones.

La resolución fue aprobada por 161 votos a favor, 8 abstenciones y ningún voto en contra.

Para mayor información contactar a:

Manuel Frávega, Socio de Beccar Varela – mfravega@beccarvarela.com

Gustavo Papeschi, Socio de Beccar Varela – gpapeschi@beccarvarela.com

Compartir: