El día 24 de diciembre de 2024 el Tribunal de Fiscalización Laboral (en adelante TLF) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL ha emitido 03 resoluciones que contienen nuevos precedentes de observancia obligatoria, siendo el resumen de estos, el siguiente:
Sobre pedido de ampliación en procedimientos inspectivos
Resolución de Sala Plena N.º 023-2024.SUNAFIL/TFL
El TFL ha señalado que, los inspectores del trabajo deberán evaluar aquellos pedidos / solicitudes de ampliación de plazo presentadas por los administrados considerando factores como la complejidad, cantidad y antigüedad de la información solicitada.
Sobre el derecho al refrigerio
Resolución de Sala Plena N.º 024-2024.SUNAFIL/TFL
El TFL ha enfatizado su carácter de derecho irrenunciable, por lo que debe otorgarse durante la jornada laboral, con un mínimo de 45 minutos. Asimismo, ha precisado que, este tiempo no puede ni adelantarse (al inicio de la jornada de trabajo) ni trasladarse (al final de la jornada de trabajo), y que los acuerdos (debemos entender plasmados en cláusulas del contrato de trabajo, cláusulas de algún convenio colectivo o laudo arbitral) entre empleador y trabajador solo pueden modificar el momento específico dentro de la jornada, pero de ninguna manera, suprimirlo.
Sobre la seguridad social
Resolución de Sala Plena N.º 025-2024.SUNAFIL/TFL
El TFL ha señalado que, resulta obligatorio que todo trabajador se encuentre afiliado a un sistema previsional desde el inicio de la relación laboral. Esta obligación aplica también a microempresas y no es opcional ni renunciable.
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Mario Pinatte | Socio CPB | mpinatte@cpb-abogados.com.pe