10-08-2026 | BLP, Noticias
La normativa exige a las empresas fortalecer sus controles internos, ampliar la debida diligencia y adecuar sus políticas de cumplimiento a un esquema más estricto de prevención, supervisión y sanción.
Guatemala ha dado un paso importante en el fortalecimiento de su marco regulatorio en materia de prevención del lavado de dinero y del financiamiento del terrorismo con la aprobación del Decreto 15-2026, que aprueba la nueva Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo. La nueva normativa sustituye el régimen vigente durante más de dos décadas y reúne, por primera vez, en un solo cuerpo legal, las principales disposiciones en materia de prevención del lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.
La reforma responde al objetivo de fortalecer el sistema guatemalteco conforme a los estándares promovidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT). En un contexto en el que Guatemala busca consolidar un marco regulatorio moderno y fortalecer la efectividad de su sistema de prevención de cara a futuras evaluaciones internacionales, esta actualización contribuye a reforzar la transparencia, la confianza y la seguridad jurídica del entorno empresarial.
Más allá de ese contexto, la nueva ley introduce cambios que tendrán un impacto directo en la forma en que muchas empresas gestionan el cumplimiento corporativo. A continuación, presentamos algunos de los aspectos más relevantes que conviene considerar antes de su entrada en vigor.
Un nuevo enfoque para la gestión del cumplimiento
Uno de los principales cambios es la adopción del Enfoque Basado en Riesgo, mediante el cual cada Persona Obligada deberá identificar, evaluar y mitigar los riesgos asociados a sus operaciones, considerando las características de su negocio, sus clientes y la naturaleza de sus actividades.
En la práctica, esto implica que los programas de cumplimiento deberán adaptarse a la realidad de cada empresa. Las políticas de debida diligencia, los mecanismos de monitoreo y la capacitación del personal deberán construirse sobre el perfil de riesgo de cada organización. De esta forma, el cumplimiento deja de entenderse como un ejercicio meramente documental para convertirse en un proceso permanente de gestión de riesgos.
Más empresas y sectores entran al régimen preventivo
La reforma también amplía de manera importante el universo de Personas Obligadas. Además de las entidades tradicionalmente supervisadas por la Superintendencia de Bancos, incorpora nuevas actividades económicas, entre ellas la promoción e intermediación inmobiliaria, los proveedores de servicios de activos virtuales y quienes prestan servicios relacionados con la creación, administración o representación de personas o estructuras jurídicas.
Asimismo, establece un régimen especial para determinados profesionales que prestan servicios jurídicos, contables o de auditoría de forma independiente, así como para los notarios cuando intervienen en determinadas operaciones para sus clientes.
Como consecuencia, muchas empresas experimentarán procesos de debida diligencia más robustos durante la estructuración de operaciones corporativas, adquisiciones, constitución de sociedades o transacciones inmobiliarias.
Mayor transparencia corporativa
La Ley Integral contra el Lavado de Dinero fortalece la identificación del beneficiario final con el propósito de determinar quién ejerce el control efectivo o recibe el beneficio económico de una persona o estructura jurídicas. Este aspecto adquiere especial relevancia para grupos empresariales con estructuras de propiedad complejas, fideicomisos o participación indirecta a través de distintas entidades.
La reforma también introduce modificaciones al Código de Comercio relacionadas con el registro de acciones y la inscripción de los órganos de administración. Estas obligaciones no se limitan a las Personas Obligadas, sino que alcanzan, en distintos aspectos, a las sociedades mercantiles constituidas en Guatemala, por lo que resulta recomendable revisar oportunamente la información corporativa y verificar que se encuentre debidamente actualizada.
¿Cómo prepararse para la entrada en vigor de la ley?
Aunque la Superintendencia de Bancos deberá emitir el reglamento que desarrollará diversos aspectos operativos de la nueva legislación, las empresas pueden aprovechar el período previo a su entrada en vigor para prepararse.
Entre otras acciones, resulta recomendable identificar si la empresa adquiere la calidad de Persona Obligada, revisar sus procedimientos internos de cumplimiento, fortalecer los mecanismos para identificar al beneficiario final y verificar que la información societaria, especialmente el registro de acciones y la integración del órgano de administración, cumpla con los nuevos requerimientos legales.
Prepararse con anticipación facilitará la adecuación al nuevo régimen y contribuirá a fortalecer los mecanismos internos de cumplimiento, gobierno corporativo y gestión de riesgos.
Más que una reforma normativa
La Ley Integral contra el Lavado de Dinero representa un paso importante en el fortalecimiento del marco regulatorio guatemalteco. Además de modernizar el régimen de prevención, refleja la creciente importancia que han adquirido el gobierno corporativo, la gestión de riesgos y la transparencia como elementos esenciales para el desarrollo de los negocios.
Para las empresas que ya operan en Guatemala, así como para aquellas que evalúan desarrollar proyectos en el país, comprender oportunamente estos cambios permitirá no solo atender las nuevas obligaciones legales, sino también fortalecer sus procesos internos y alinearse con estándares internacionales que hoy forman parte de las mejores prácticas empresariales.
Autora: Rebeca Baldizón, Asociada en BLP Guatemala
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21-07-2026 | BLP, Noticias
La banca es una de las industrias donde el cumplimiento normativo, la gestión de riesgos y la ética corporativa adquieren mayor relevancia, no solo por el nivel de supervisión regulatoria, sino también por la confianza que depositan en ella clientes, autoridades y el mercado en general. En un entorno marcado por la transformación digital, la innovación financiera y mayores exigencias de transparencia, el área legal y de compliance cumple un rol clave para acompañar el negocio, anticipar riesgos y fortalecer la cultura institucional.
Julio Toledo, gerente Legal y de Compliance en Banco G&T Continental de Guatemala, ofrece una mirada especialmente valiosa sobre cómo se articulan hoy la regulación, la gobernanza y la toma de decisiones en una entidad financiera. Su experiencia de 14 años en la institución permite abordar, desde dentro, la evolución del sector bancario y los desafíos que plantea mantener el equilibrio entre crecimiento, control y confianza.
Luego de estar 14 años en Banco GyT Continental, ¿qué aprendizajes destacados ha acumulado a lo largo de este período?
En la gestión legal y de compliance, he aprendido que el conocimiento jurídico es indispensable, pero no suficiente. Se deben entrenar y desarrollar habilidades que permitan entender el negocio, gestionar riesgos, integración de principios éticos que van más allá de la regulación y mantener procesos de mejora continua para generar servicios eficientes y medibles, sin perder el rigor técnico para proteger a la organización y sus partes interesadas
Personalmente, luego de estos años de experiencia y crecimiento, también destaco la importancia que ha tenido el desarrollo de habilidades y el aprendizaje continuo, especialmente a nivel de la gestión para liderar y alinear equipos.
¿Cómo describiría el entorno regulatorio y financiero cuando ingresó al banco, en comparación con el escenario actual?
Hoy el entorno exige organizaciones mucho más integradas y ágiles que sean capaces de autorregularse, considerando los riesgos emergentes y exigencias del mercado.
Por otro lado, la tendencia regulatoria ha fortalecido la visión basada en riesgos y se ha desarrollado con mayor énfasis en temas tecnológicos y de protección al consumidor.
¿Qué fue lo que más le sorprendió al incorporarse al mundo bancario desde el área legal y de cumplimiento?
En principio, me sorprendió cómo podía integrar habilidades y desarrollarme dentro de esta especialidad —previo a ingresar a la banca, esto no estaba en mis planes—. He tenido la suerte de formarme y desarrollarme en el mundo bancario y financiero y, en ese camino, me he acostumbrado a la velocidad, dinamismo y exigencia que requiere la intervención y acompañamiento del área legal.
No obstante, a lo largo de mi carrera me ha sorprendido la visión sistémica que se requiere fortalecer para dar una asesoría que agregue valor al negocio y la visión integral del riesgo que se debe de desarrollar desde cumplimiento.
¿En qué momento comprendió que el cumplimiento dejaría de ser una función de soporte para convertirse en un área estratégica dentro de la banca?
No ha sido fácil, se ha tratado de un proceso de aprendizaje, evolución de las formas de trabajo y madurez. Pero, a la fecha, la gestión de compliance se ha fortalecido y su intervención se considera en los procesos de toma de decisión y en etapas tempranas de proyectos, fortaleciendo su visión preventiva y su rol como habilitador del negocio.
En este proceso, los equipos de compliance tenemos el reto de aplicar metodologías y habilidades que nos permitan de manera proactiva proponer soluciones, mediante una gestión de riesgos razonables.
En su experiencia, ¿cómo ha evolucionado el rol del área legal y de cumplimiento dentro de una institución financiera?
Actualmente el rol exige ir más allá de las normas, pasa de ser un área tradicional de control a convertirse en un socio estratégico que acompaña la innovación, facilita decisiones y protege la sostenibilidad de la organización.
La evolución ha conllevado la necesidad de integrar equipos multidisciplinarios, para el desarrollo de una gestión más técnica y especializada que permita gestionar riesgos legales, éticos y emergentes, enfocados en la experiencia de los clientes internos y externos.
Muchas veces el cumplimiento se percibe como un área que impone límites. ¿Cómo se transforma esa percepción dentro de la organización?
Generando confianza y entregables que generen valor, encontrando la forma correcta de hacer las cosas sin estar alejados del negocio.
La confianza se construye entendiendo los objetivos y el contexto, participando en los procesos de estrategia de manera activa y proactiva para alinear los planes de trabajo de nuestras áreas, pues la clave estará en la capacidad que tengamos para cumplir con el rol esperado sin sacrificar los objetivos comunes de la organización.
¿Cómo logran equilibrar innovación, experiencia del cliente y exigencias regulatorias?
Aplicando un enfoque de compliance by design que permita involucrar a las áreas legales y de cumplimiento desde el inicio. Cocrear considerando los parámetros adecuados desde el inicio puede resultar más eficiente, incluso al momento de aplicar mejoras.
¿Qué desafíos ha traído la transformación digital de la banca para el área legal y de compliance?
Exige ser más proactivos con relación al desarrollo de nuevas capacidades y el seguimiento de tendencias regulatorias, con el objeto de anticipar y proponer las mejores soluciones ante los habilitadores tecnológicos que surgen y los riesgos emergentes.
¿Considera que, en algunos casos, la velocidad de la innovación tecnológica supera la capacidad de adaptación regulatoria?
En la mayoría de los casos es natural que suceda, por tanto, es fundamental que la regulación se apoye de principios rectores para la correcta gestión de riesgos y las organizaciones nos adaptemos siempre a las mejores prácticas, sin depender de los mínimos regulatorios.
En este punto, es fundamental que la gestión legal y de cumplimiento en su caso, puedan alinear esfuerzos para fortalecer la práctica y los conocimientos que permitan considerar la integración de principios éticos en los distintos procesos, pues en el momento que las normas internas o externas puedan no ser tan claras o dejar espacios vacíos, serán las personas quienes tienen que tomar la mejor decisión. En este caso lo recomendable es que esas decisiones se puedan generar en espacios construidos y alineados para valorar la ética.
¿Cómo se gestionan los cambios regulatorios cuando impactan transversalmente a toda la organización?
Mediante una correcta planificación, gobernanza y trabajo colaborativo, con el objeto de garantizar que todos los involucrados tengan acceso a la información, conozcan su rol, comprendan el alcance de su intervención y se apoderen de sus procesos.
¿Qué tan importante es la coordinación entre áreas para que el cumplimiento funcione de manera efectiva?
Conectar personas, procesos y objetivos es fundamental para el cumplimiento. La responsabilidad no puede recaer en un área, por ello la coordinación y la apropiación de los dueños de los procesos es la ruta para una adecuada implementación de los sistemas de gestión de cumplimiento. Las personas se deben sentir responsables y empoderadas sobre sus actividades, lo cual se debe apoyar y trabajar desde nuestras áreas, pues el objetivo es que le cultura de compliance se viva sin fricciones.
Hoy se habla mucho de cultura corporativa. ¿Cómo se construye realmente una cultura de cumplimiento?
Con liderazgo, ejemplo, coherencia y formación continua. La cultura nace cuando las personas comprenden que el cumplimiento va más allá de las normas (cumplen únicamente por ser lo correcto) y a lo largo de la organización se toman decisiones aplicando principios y criterios éticos.
¿Cuál considera que es el mayor riesgo para una institución financiera cuando la ética no forma parte de su cultura organizacional?
Ante la ausencia de ética, el mayor riesgo puede ser el que no se identifica, lo que quiere decir que la organización debe preocuparse y ocuparse por seguir desarrollando habilidades para la aplicación de valores y criterios éticos en los procesos, pues en ocasiones el desconocimiento puede ser la principal fuente del riesgo.
En último término, la pérdida de confianza y daño a la reputación pueden ser consecuencias tangibles ante la ausencia de la ética en los procesos y la cultura empresarial.
¿Cuáles cree que serán los principales desafíos regulatorios para la banca en los próximos años?
Más que nuevas regulaciones, creo que el gran desafío puede ser la velocidad y exigencia de los cambios. La banca deberá responder simultáneamente a mayores expectativas en materia de protección al consumidor, ciberseguridad, privacidad de datos, inteligencia artificial y transformación digital. En ese escenario, el cumplimiento ya no podrá limitarse a interpretar normas; debe convertirse en una capacidad estratégica que permita anticipar riesgos, generar confianza y acompañar la innovación.
Al mismo tiempo, veremos una mayor relevancia de la autorregulación, lo que en consecuencia genera la necesidad de fortalecer la cultura mediante la generación de herramientas que permitan a todos comprender y aplicar criterios para la correcta gestión de los riesgos.
Las organizaciones ya no podrán depender únicamente de lo que establezcan las normas o el supervisor. Será indispensable adoptar estándares, buenas prácticas y modelos de gobernanza que permitan anticiparse a los riesgos y responder con agilidad a un entorno en constante evolución.
Estoy convencido de que las organizaciones que marcarán la diferencia no serán necesariamente las que cumplan con la aplicación de la metodología tradicional de cumplimiento, sino aquellas que desarrollen una cultura sólida bajo parámetros éticos, un buen gobierno corporativo y equipos capaces de adaptarse continuamente. El futuro del compliance estará menos definido por la metodología formal y más por la capacidad de las instituciones para integrar regulación, autorregulación, innovación y liderazgo en una misma estrategia.
¿Cómo visualiza el impacto de la inteligencia artificial en las áreas legales y de cumplimiento?
Considero que la inteligencia artificial representa una oportunidad para fortalecer la función legal y de cumplimiento; pues más que sustituir el trabajo jurídico y técnico, nos permitirá dedicar más tiempo al análisis, la gestión de riesgos y al acompañamiento estratégico del negocio.
No obstante, para preservar la confianza y mitigar los riesgos, la implementación debe ir acompañada de criterios de gobernanza, ética y supervisión humana, pues la responsabilidad del uso y el impacto que esto genere seguirá siendo de la persona y el profesional que la utilice.
Desde mi experiencia, el verdadero desafío no está en incorporar nuevas herramientas, sino en transformar la manera en que trabajamos y nuestra cultura de “Aprender, Reaprender y Desaprender”.
Creo que el futuro de las áreas legales y de compliance no dependerá únicamente de adoptar inteligencia artificial, sino de la capacidad de integrar personas, procesos y tecnología para responder mejor a las necesidades del negocio y a un entorno regulatorio cada vez más dinámico. En ese sentido, para construir áreas más eficientes y orientadas a generar valor, modelos de gestión aplicados como Legal Operations son indispensables al requerir de distintas habilidades y disciplinas, para la integración de elementos como: procesos, tecnología, gestión del conocimiento y principios de mejora continua, con el objeto de garantizar eficiencia.
25-06-2026 | BLP, Noticias
El decreto consolida en una sola norma la prevención del lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva, amplía los sujetos obligados, refuerza el enfoque basado en riesgo e introduce nuevas exigencias de cumplimiento y sanciones.
El Congreso de la República de Guatemala aprobó el Decreto Número 15-2026, mediante el cual se crea la Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo, derogando los Decretos 67-2001 y 58-2005.
El Decreto responde a la necesidad de actualizar y unificar el marco normativo guatemalteco en materia de prevención y represión del lavado de dinero y del financiamiento del terrorismo, alineándolo con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y evitando la inclusión de Guatemala en la lista gris de jurisdicciones no cooperantes. Por primera vez, ambas materias quedan integradas en un único instrumento jurídico.
Estos son los principales aspectos del Decreto:
- Unificación normativa
Se derogan y sustituyen en su totalidad los Decretos 67-2001 y 58-2005, que regulaban de forma separada el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo. El nuevo régimen incorpora además el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (FPADM), consolidando las tres materias en un solo cuerpo legal articulado y coherente.
- Ampliación del universo de Personas Obligadas
El Decreto extiende el régimen preventivo a nuevas categorías de sujetos obligados. Además de las entidades supervisadas por la Superintendencia de Bancos, quedan comprendidos, entre otros: promotores e intermediarios inmobiliarios, notarios cuando autoricen escrituras matrices vinculadas a actos de disposición o constitución de personas jurídicas, proveedores de servicios de activos virtuales, y profesionales universitarios que presten servicios jurídicos, contables o de auditoría de forma independiente. Estos últimos quedan sujetos a un régimen especial de obligaciones de alcance acotado.
- Enfoque basado en riesgo
Se adopta un modelo de cumplimiento basado en riesgo (EBR), conforme al cual cada Persona Obligada debe identificar, evaluar y mitigar su nivel de exposición al Riesgo LD/FT/FPADM, considerando su base de clientes, productos, canales de distribución y ubicación geográfica. Este análisis determina la intensidad de las medidas de debida diligencia aplicables y debe estar documentado y aprobado por el órgano de dirección superior de cada entidad.
- Nuevas obligaciones de cumplimiento
El Decreto establece, entre otras, las siguientes obligaciones para las Personas Obligadas: inscripción ante la Intendencia de Verificación Especial (IVE); implementación de un Manual de Prevención LD/FT/FPADM; designación de un Oficial de Cumplimiento; debida diligencia del cliente con identificación del beneficiario final, fijando como umbral de control una participación del 20% o más del capital; monitoreo de transacciones; reporte de transacciones sospechosas (RTS) con carácter exclusivo y confidencial; y conservación de información por un mínimo de cinco años, con extensión de diez años adicionales en soporte digital para ciertos obligados.
- Régimen sancionatorio
Los incumplimientos administrativos son sancionables con amonestación escrita o multa en un rango de US$500 a US$300.000. Cuando la Persona Obligada haya realizado acciones para obstaculizar la labor supervisora de la IVE, la multa aplicable será el doble de la ordinaria o el 20% del monto de las transacciones vinculadas al incumplimiento, lo que resulte mayor. En el ámbito penal, el delito de lavado de dinero conlleva penas de seis a veinte años de prisión inconmutables, y el financiamiento del terrorismo de diez a treinta años.
- Reformas a otros cuerpos normativos
El Decreto introduce reformas al Código Penal, al Código de Notariado, al Código de Comercio y a la Ley Contra la Delincuencia Organizada, entre otros. En materia societaria, las sociedades mercantiles constituidas con anterioridad a la vigencia de la ley contarán con un año para adecuar su registro de acciones y con seis meses para inscribir a los miembros de su órgano de administración en el Registro Mercantil.
El Decreto entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Diario Oficial. Dentro de ese mismo plazo, la Superintendencia de Bancos deberá elaborar el Reglamento correspondiente.
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09-12-2024 | BLP, Noticias
El 20 de noviembre de 2024, los diputados del Congreso de Guatemala aprobaron de Urgencia Nacional el Decreto 32-2024, «Ley de Competencia». Esta aprobación marca un hito significativo para el país, buscando la promoción de un mercado competitivo, la atracción de inversión extranjera y el crecimiento económico nacional.
Esta nueva norma pretende evitar prácticas anticompetitivas, monopólicas o que tiendan a la limitación de acceso a mercado para pequeños o nuevos Agentes Económicos (comerciantes, compañías y corporaciones). Todo esto bajo la vigilancia de un nuevo ente regulador, denominado Superintendencia de Competencia, la cual será una entidad autónoma y descentralizada.
Esta misma, dispone que la Superintendencia de Competencia podrá actuar de oficio o derivado de una denuncia de un particular, sobre lo cual el Agente Económico se encuentra obligado a proveer toda la información que sea posible para determinar la configuración o no, de una práctica anticompetitiva, a través de un proceso administrativo, priorizando el derecho de defensa y principio de inocencia. En ese sentido, establece infracciones, prohibiciones y se dota de coerción al ente encargado de la vigilancia para el cumplimiento de las sanciones cuando se determinen prácticas anticompetitivas en el mercado guatemalteco. Que podrán ser sancionadas hasta por un máximo de doscientos mil salarios mínimos vigentes. Para el efecto, se destaca que serán sujetas a esta ley personas individuales o jurídicas, nacionales o extranjeras.
Como consecuencia de su aprobación, se deroga el Delito de Monopolio, teniendo únicamente sanciones económicas, y se modifican artículos del Código de Comercio, Ley de Protección al Consumidor y Usuario y Ley de Contrataciones del Estado. Así mismo, establece la aplicación por supletoriedad de la Ley de Competencia respecto a Agentes Económicos que se rijan por leyes sectoriales propias que contengan normas de competencia y que cuenten con autoridad reguladora, prevaleciendo estas sobre la Ley de Competencia. Lo cual seguramente dará margen de interpretación en cada caso.
Por último, la entrada en Vigor de esta Ley ha sido definida en dos etapas, la primera iniciando en enero 2025 y la siguiente dos años después de su publicación.
Se debe mencionar que esta aún debe ser sancionada por el presidente de la República de Guatemala para luego ser promulgada y publicada, conforme al proceso legislativo.
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21-02-2024 | Noticias
Actualmente las prácticas ESG (Environmental, Social, and Governance – Ambiental, Social y de Gobernanza) están cobrando una importancia cada vez mayor. Estos tres pilares, que abarcan desde la sostenibilidad ambiental y la responsabilidad social hasta la ética en la gobernanza corporativa, representan un cambio en cómo las empresas evalúan y conducen sus operaciones.
Las prácticas ESG no son solo iniciativas aisladas o complementarias; se están convirtiendo en componentes esenciales de la estrategia empresarial. Su integración en el modelo de negocio es un reflejo de un enfoque más consciente y responsable hacia el entorno operativo de una empresa, su comunidad y sus procesos internos. En este sentido, ESG representa una evolución en el pensamiento corporativo, donde la sostenibilidad y la responsabilidad social son vistas como factores indispensables para el éxito y la longevidad empresarial.
Esta creciente relevancia de las prácticas ESG en el ámbito corporativo se debe a una combinación de factores. Por un lado, hay un reconocimiento más amplio de que las actividades empresariales tienen un impacto significativo en el medio ambiente y en la sociedad. Por otro lado, los consumidores, inversores y reguladores están exigiendo con mayor fuerza que las empresas actúen de manera responsable y transparente. Así, la adopción de prácticas ESG se está convirtiendo en un elemento distintivo para las empresas que buscan no solo sobresalir en su campo, sino también contribuir positivamente en el área que operan.
¿Qué son las Prácticas ESG?
Las prácticas ESG, acrónimo de Environmental, Social, and Governance (Ambiental, Social y de Gobernanza), representan un conjunto de criterios que las empresas utilizan para guiar sus operaciones y políticas de una manera que sea socialmente responsable, éticamente gestionada y ambientalmente sostenible. Estos criterios no solo reflejan la responsabilidad corporativa, sino que también pueden influir significativamente en la rentabilidad y sostenibilidad a largo plazo de una empresa. Para mayor claridad, a continuación un desglose de cada componente y ejemplos prácticos de cómo se aplican en el entorno corporativo:
Ambiental: El componente ambiental se centra en cómo una empresa interactúa con el medio ambiente. Esto incluye la gestión de recursos naturales, la reducción de la contaminación y las emisiones de carbono, y el desarrollo de prácticas sostenibles. Por ejemplo, una empresa podría implementar políticas para reducir su huella de carbono a través de la adopción de energías renovables, mejorar la eficiencia energética de sus operaciones, o practicar la reducción de residuos y reciclaje.
Social: La dimensión social de ESG se refiere a cómo la empresa gestiona las relaciones con sus empleados, proveedores, clientes y las comunidades en las que opera. Esto abarca desde asegurar condiciones de trabajo justas y seguras hasta involucrarse y apoyar proyectos comunitarios. Un ejemplo de esto sería implementar programas de diversidad e inclusión, ofrecer capacitación y desarrollo profesional a los empleados, o participar en iniciativas de responsabilidad social corporativa que benefician a las comunidades locales.
Gobernanza: La gobernanza se relaciona con la dirección interna de una empresa, su liderazgo, remuneraciones, auditorías, controles internos, y la transparencia en la toma de decisiones. Prácticas efectivas de gobernanza aseguran que una empresa sea dirigida de una manera que sea ética, legal y en línea con los intereses de sus accionistas. Esto puede incluir desde la implementación de políticas anticorrupción y sistemas de reporte transparentes hasta asegurar que los consejos de administración sean diversos y actúen en el mejor interés de la empresa y sus accionistas.
¿Por Qué Adoptar Prácticas ESG?
La integración de las prácticas ESG en las estrategias corporativas no es simplemente una tendencia pasajera; es un componente esencial para asegurar el éxito y la relevancia a largo plazo de cualquier empresa. La adopción de estas prácticas no solo refleja un compromiso con la sostenibilidad y la responsabilidad social, sino que también se ha convertido en un factor determinante en la competitividad y la percepción en el mercado.
El principal motivo para que las empresas adopten prácticas ESG es la creciente evidencia de que estas prácticas conducen a un mejor desempeño a largo plazo. Las empresas que priorizan la sostenibilidad ambiental, la responsabilidad social y una gobernanza sólida tienden a tener una mejor gestión de riesgos, mayor atractivo para inversores y consumidores, y una mayor capacidad para innovar y adaptarse a cambios en el mercado. Además, con un enfoque creciente en la responsabilidad corporativa por parte de los reguladores y el público, las prácticas ESG se han convertido en un aspecto crucial para mantener una imagen corporativa positiva y fomentar la confianza del consumidor.
Desde el punto de vista de la sostenibilidad empresarial, las prácticas ESG ayudan a las empresas a operar de manera más eficiente y con un menor impacto ambiental. Esto incluye desde la reducción del consumo de energía y la implementación de procesos de producción más limpios hasta la adopción de políticas que promuevan la diversidad y la inclusión dentro de la organización. Estas prácticas no solo reducen los costos a largo plazo, sino que también colocan a la empresa en una posición más favorable frente a regulaciones ambientales y sociales cada vez más estrictas.
En términos de responsabilidad social, las prácticas ESG permiten a las empresas contribuir activamente al bienestar de las comunidades en las que operan. Esto puede incluir la participación en iniciativas de desarrollo comunitario, la implementación de prácticas laborales justas y la contribución a proyectos que abordan desafíos sociales importantes. Tales acciones no solo mejoran la reputación de la empresa, sino que también crean un entorno más positivo y sostenible para hacer negocios.
Las prácticas ESG son fundamentales para las empresas que buscan prosperar en un entorno empresarial cada vez más consciente de los impactos sociales y ambientales. Al adoptar estas prácticas, las empresas no solo se aseguran un lugar en el mercado actual, sino que también contribuyen a la construcción de un futuro más sostenible y justo.
Transformación Corporativa a través de ESG
La adopción de prácticas ESG (Environmental, Social, and Governance) por parte de las corporaciones está impulsando cambios significativos no solo en su operativa, sino también en su cultura organizacional. Este movimiento hacia un enfoque más sostenible y responsable está redefiniendo lo que significa ser una empresa exitosa en el siglo actual.
Las prácticas ESG están influyendo en las empresas a varios niveles. Ambientalmente, están impulsando la adopción de procesos más sostenibles y la reducción de impactos negativos en el medio ambiente. Socialmente, están promoviendo un enfoque más justo y ético en el trato a los empleados, proveedores y las comunidades donde operan. En términos de gobernanza, están fomentando una mayor transparencia y responsabilidad en la toma de decisiones.
Este cambio va más allá de simples ajustes en las operaciones; representa una transformación en la mentalidad corporativa. Las empresas ya no se centran únicamente en la maximización del beneficio, sino que también buscan generar un impacto positivo en la sociedad y el medio ambiente. Esto se refleja en una cultura corporativa que valora la sostenibilidad, la responsabilidad social y la ética empresarial.
Consejos Prácticos para Integrar ESG
La incorporación de prácticas ESG en las empresas no es solo una estrategia para mejorar su imagen pública, sino una transformación integral que afecta todos los niveles de la organización. Para que esta integración sea efectiva, es importante seguir una serie de pasos y contar con herramientas adecuadas.
Para integrar con éxito prácticas de ESG (Environmental, Social, and Governance) en una empresa, es importante comenzar con una evaluación detallada de las prácticas actuales de la organización en relación con los criterios ESG. Este análisis inicial es fundamental para identificar tanto las áreas de mejora como las oportunidades de desarrollo. Posteriormente, es importante definir objetivos específicos y alcanzables relacionados con ESG, como por ejemplo, establecer metas para la reducción de emisiones de carbono o mejorar la diversidad en la fuerza laboral.
Un aspecto clave en este proceso es la capacitación y el compromiso de los empleados en todos los niveles de la organización. Es esencial educar a los trabajadores sobre la importancia de ESG y cómo pueden contribuir a estos objetivos en sus roles cotidianos. Además, es vital que ESG se integre en la estrategia general de la empresa y no sea simplemente un agregado. Esto significa incorporar principios de ESG en la toma de decisiones, la planificación estratégica y los procesos operativos.
Para monitorear el progreso y asegurar la efectividad de estas prácticas, es necesario llevar a cabo un seguimiento continuo y establecer métricas claras. También es importante mantener una comunicación transparente sobre los avances y desafíos en la implementación de ESG, tanto internamente dentro de la empresa como con los stakeholders externos.
En términos de herramientas y recursos, es beneficioso utilizar software especializado en la gestión de ESG, que permita recopilar, analizar y reportar datos relacionados con estas prácticas. Asimismo, puede ser muy útil trabajar con consultores especializados en ESG para obtener orientación y asesoramiento experto. Además, unirse a redes y colaboraciones con otras empresas y organizaciones que promuevan las prácticas ESG puede facilitar el intercambio de conocimientos y experiencias.
Adoptando estos enfoques, las empresas pueden asegurar una implementación más efectiva y coherente de las prácticas ESG, lo cual no solo beneficiará su desempeño y reputación, sino que también aportará positivamente a la sociedad y el medio ambiente. Implementar ESG representa un paso esencial hacia la construcción de un modelo de negocio sostenible y responsable.
El impacto de las prácticas ESG en el área empresarial se extiende más allá de simples medidas sostenibles o responsabilidad social; representa una verdadera transformación en la forma en que las empresas operan y se perciben en la sociedad. La integración de ESG en las operaciones y la cultura corporativa no solo mejora la rentabilidad y la sostenibilidad a largo plazo, sino que también fortalece la relación con los stakeholders y posiciona a las empresas como líderes en un mercado cada vez más consciente de los desafíos globales.
Por Rodolfo Salazar, Partner BLP Guatemala | rsalazar@blplegal.com
Para mayor información puede contactar a:

Juan Carlos Tristán | Socio BLP | jtristan@blplegal.com
10-10-2023 | Noticias
El traslado de empleados y expatriados a Guatemala es un proceso fundamental para las empresas multinacionales que desean operar en este país de América Central. Sin embargo, este proceso está sujeto a una serie de regulaciones y requisitos migratorios que pueden resultar complejos. En este texto, abordaremos las preguntas más frecuentes que las empresas multinacionales suelen plantear cuando se trata de trasladar empleados a Guatemala. Desde la necesidad de establecer una presencia legal en el país hasta los porcentajes de contratación de empleados expatriados y los diferentes tipos de residencia disponibles, exploraremos los aspectos clave que deben considerarse para garantizar un proceso de traslado exitoso y conforme a la normativa guatemalteca.
1. ¿Es necesario tener presencia legal de la entidad en Guatemala para el traslado de empleados expatriados?
La presencia legal en Guatemala si es necesaria, la cual se puede lograr a través de sucursal o subsidiaria propia o por la vía de outsourcing.
2. ¿Cuáles son los porcentajes que debe cumplir la entidad para la contratación de empleados expatriados en Guatemala?
Se puede contratar hasta un máximo de 10% de extranjeros y pagarles hasta un máximo de 15% del total de salarios, dando prioridad a los guatemaltecos, pero existen casos de excepción en donde lo anterior no aplica.
3. ¿Para qué puestos se puede solicitar el permiso de trabajo para extranjeros?
Para los puestos de confianza como Gerentes, directores, Jefes Generales, Administradores y Superintendentes, los cuales se encuentran exentos de los porcentajes indicados en la pregunta anterior;
Para los puestos de trabajo en los que no existe personal guatemalteco capacitado para ocupar ese puesto.
4. ¿Hasta en qué momento puedo incluir al trabajador extranjero a planilla?
Hasta obtener la resolución del permiso de trabajo.
5. ¿Cuál es el plazo estimado para incluir al trabajador expatriado en la planilla?
Es de 1 a 2 meses desde que se presenta el expediente de residencia ante el Instituto Guatemalteco de Migración.
6. ¿Previo al ingreso a Guatemala del expatriado, puedo iniciar el proceso de residencia o permiso de trabajo?
No es posible, es necesario que el extranjero se encuentre en Guatemala para iniciar con los procesos.
7. ¿Cuál es el plazo que un extranjero puede permanecer en Guatemala con una visa de viajero o de turista?
Sin una residencia en trámite, hasta un máximo de 90 días, con la visa de turista o viajero prorrogable por el mismo plazo.
8. ¿Qué categorías de residencias permanentes se puede optar para un extranjero?
Residencia permanente para personas extranjeras que han sido residentes temporales por más de 5 años.
Residencia permanente por ser familiar de persona guatemalteca dentro de los grados de ley.
Residencia permanente por rentista o pensionado.
Residencia permanente para personas extranjeras que tienen un año o más de haber contraído matrimonio o declarado la unión de hecho con persona guatemalteca.
Residencia Permanente para los nacidos en otros países de Centro América cuando han sido residentes temporales por más de un año.
9. ¿Cuál es la diferencia entre las dos visas por expediente de residencia en trámite (visa simple o múltiple)?
La visa simple permite una salida y una entrada a Guatemala mientras la residencia se encuentra en trámite.
La visa múltiple permite salir e ingresar a Guatemala ilimitadamente por 90 días.
10. ¿En caso de trasladar a Guatemala a un expatriado por un plazo menor a un año, se debe solicitar la residencia temporal?
Sí, es necesario proceder con la obtención de residencia.
Para mayor información puede contactar a:

Juan Carlos Tristán | Socio BLP | jtristan@blplegal.com