Estados Unidos | Un camino más amplio para cobrar laudos arbitrales extranjeros

26 Oct, 2023 | Noticias

El 22 de junio de 2023, la Corte Suprema de los EE. UU. decidió Yegiazaryan contra Smagin y reafirmó el principio de que los demandantes extranjeros no tienen prohibido presentar demandas en virtud de la Ley de Organizaciones Corruptas e Influenciadas por Racketeers (RICO) 1 en los EE. UU. Para presentar una reclamación RICO exitosa. un demandante extranjero debe alegar un “daño interno” derivado de la violación de RICO. Al evaluar si un daño surgió dentro de los EE. UU., la Corte Suprema falló a favor de un enfoque específico del contexto, que requiere que los tribunales examinen todas las circunstancias que rodean un daño para determinar si surgió o ocurrió dentro de los EE. UU. Al hacerlo, el Tribunal rechazó la prueba basada en la residencia, que impide que un demandante extranjero presente un reclamo RICO basado únicamente en su residencia en el extranjero.

La decisión de Yegiazaryan allana el camino para que los acreedores de laudos extranjeros hagan cumplir los laudos arbitrales extranjeros en tribunales estadounidenses contra los deudores que utilizan tácticas fraudulentas para evitar pagar los laudos.

Antecedentes de hecho
En 2014, Vitaly Smagin, residente en Rusia, obtuvo un laudo arbitral extranjero multimillonario contra Ashot Yegiazaryan, un ciudadano ruso que huyó a Beverly Hills en California para evitar una acusación en Rusia, por presunta apropiación indebida de las inversiones de Smagin en una sociedad real conjunta. proyecto inmobiliario en Moscú (Premio de Londres).

Posteriormente, Smagin interpuso una acción de ejecución contra Yegiazaryan en virtud de la Convención de Nueva York ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Central de California para hacer cumplir el Laudo de Londres. En respuesta, el tribunal de distrito ordenó la congelación de los activos de Yegiazaryan en California.

En 2015, Yegiazaryan había ganado un laudo arbitral extranjero no relacionado (el Laudo Kerimov) contra el empresario ruso Suleiman Kerimov, y posteriormente intentó ocultar un acuerdo de 198 millones de dólares en satisfacción del Laudo Kerimov del cobro de Smagin. En violación de la orden judicial preliminar del tribunal de distrito, Yegiazaryan recibió los fondos a través de la oficina de Londres de un bufete de abogados estadounidense antes de finalmente transferir el dinero a una cuenta bancaria en CMB Mónaco a través de una red de empresas extraterritoriales. Yegiazaryan también ordenó a un círculo íntimo de amigos que presentaran demandas fraudulentas contra él en jurisdicciones extranjeras para obtener sentencias falsas que gravaran el acuerdo del Laudo Kerimov. Además, creó un complejo sistema de empresas fantasma a través de miembros de su familia dentro de los EE.UU. para proteger sus activos nacionales de las acciones coercitivas de Smagin.

Basado en este “patrón de actividad de extorsión”, en 2020, Smagin presentó una demanda civil contra Yegiazaryan, solicitando más de 130 millones de dólares en daños y perjuicios y argumentando que los intentos de Yegiazaryan de proteger los activos del cobro y cometer fraude electrónico y obstrucción de la justicia constituían una violación de RICO. . 2 El tribunal de distrito desestimó el caso sobre la base de la decisión de la Corte Suprema en RJR Nabisco, Inc. contra la Comunidad Europea , dictaminando que Smagin no demostró que había sufrido un “daño interno”. En la apelación, el Noveno Circuito lo revocó, después de adoptar una interpretación diferente de la prueba del “daño interno”.

Antes de Yegiazaryan , existía una división del circuito por una prueba de “lesiones domésticas” que involucraba reclamaciones RICO
En 2016, la Corte Suprema sostuvo en RJR Nabisco, Inc. contra la Comunidad Europea que los demandantes extranjeros que presentan reclamos RICO deben alegar y demostrar un “daño interno”. 3 En otras palabras, la Corte sostuvo que el estatuto sólo permitía reclamaciones por daños internos relacionados con RICO, no por daños sufridos extraterritorialmente.

El Tribunal, sin embargo, no definió “daño interno”, lo que posteriormente resultó en una división del circuito. El Séptimo Circuito adoptó una prueba clara basada en la residencia, que establece que el lugar de la lesión es la residencia del demandante. Los Circuitos Segundo, Tercer y Noveno adoptaron un enfoque específico del contexto para determinar la presencia de un daño interno, que “considera todos los hechos específicos del caso relacionados con el lugar donde ‘surge’ el daño, no sólo donde se ‘siente'”. 4

En los procedimientos de California que involucran a Smagin y Yegiazaryan, el tribunal de distrito de California inicialmente desestimó la demanda RICO de Smagin después de aplicar la prueba basada en la residencia y encontró que Smagin no pudo alegar suficientemente un daño doméstico porque, entre otras cosas, su ciudadanía y residencia rusas le llevaron a sufrir el perjuicio ( es decir , su incapacidad para cobrar el Premio de Londres) en Rusia y no en los EE.UU.

Por otro lado, el Noveno Circuito rechazó la prueba basada en la residencia a favor del enfoque específico del contexto, que requiere que los tribunales evalúen las circunstancias en su conjunto para determinar si el daño surgió o ocurrió a nivel nacional dentro de los EE. UU. Específicamente, el Noveno Circuito concluyó que la ubicación de la lesión era California porque las supuestas acciones de extorsión de Yegiazaryan para impedir el cobro de Smagin de una sentencia de California para hacer cumplir el Laudo de Londres ocurrieron en gran medida dentro de California. Como tal, el Noveno Circuito determinó que Smagin alegó suficientemente que se produjo un daño interno.

La decisión de la Corte Suprema adoptó el enfoque específico del contexto para determinar el “daño interno”
En Yegiazaryan , la Corte Suprema resolvió la división del circuito y aclaró la definición de “daño interno” en cuanto a propiedad intangible, que incluye una sentencia de un tribunal estadounidense para hacer cumplir un laudo arbitral extranjero en una demanda RICO presentada por un demandante extranjero. El Tribunal estuvo de acuerdo con el Noveno Circuito y adoptó el enfoque específico del contexto que examina la totalidad de las circunstancias que rodean un daño para determinar si surgió o ocurrió a nivel nacional.

Al hacerlo, el Tribunal determinó que el demandante ruso había alegado suficientemente un daño interno relacionado con RICO al alegar adecuadamente que la actividad de extorsión que, en su mayor parte, tuvo lugar en California frustró sus esfuerzos por cobrar una sentencia de California para la ejecución de una laudo arbitral extranjero contra un residente de California.

El Tribunal también rechazó las preocupaciones sobre la naturaleza intensiva en hechos de este enfoque, explicando que si bien puede ser más fácil de implementar como una regla clara bajo la prueba basada en la residencia, contradecía su decisión de RJR Nabisco de 2016 al prohibir efectivamente a los demandantes extranjeros presentar reclamaciones RICO.

¿Qué son las reclamaciones RICO y por qué son importantes para los extranjeros?
RICO es un estatuto federal estadounidense que fue promulgado como parte de la Ley de Control del Crimen Organizado de 1970 para permitir el procesamiento del crimen organizado, particularmente la mafia. Hoy en día, la aplicación de RICO es mucho más amplia y ha sido utilizada por los fiscales para sancionar penalmente actos cometidos en apoyo del crimen organizado.

El estatuto también crea una causa de acción civil. Según la RICO, “cualquier persona perjudicada” puede recuperarse sobre la base de una amplia gama de actos, definidos como “actividad de extorsión o cobro de una deuda ilegal”, 5 como el tráfico de drogas, la trata de personas, el lavado de dinero y el fraude de identidad . Los demandantes en demandas civiles RICO pueden recuperar tanto daños tangibles, como daños a la propiedad, como lesiones intangibles, como pérdidas financieras.

RICO ha servido para incentivar la denuncia de las actividades de organizaciones criminales al permitir que las personas las hagan responsables de daños civiles.

RICO, por su propia naturaleza, tiene un impacto internacional. Muchas de las actividades cubiertas por el estatuto tienen un alcance global porque la conducta cubierta por “actividades de extorsión” tiende a involucrar actividades transfronterizas. Esto es beneficioso para los residentes no estadounidenses perjudicados por organizaciones criminales que operan desde los EE. UU., ya que los residentes no estadounidenses podrían potencialmente recuperar ciertas pérdidas y daños de actores en los EE. UU. en virtud de la RICO.

Conclusiones clave
La Corte Suprema no dio más detalles sobre otros factores que pueden ser relevantes para el análisis específico del contexto o cómo sopesar los diversos factores. Esta decisión, sin embargo, tiene un impacto significativo en la ejecución de laudos arbitrales extranjeros en los EE.UU.:

Los acreedores de laudos extranjeros tienen ahora un camino más amplio para cobrar laudos arbitrales extranjeros en los EE.UU. donde el deudor del laudo puede haber intentado intencionalmente colocar activos fuera del alcance de los acreedores a través de diversas actividades fraudulentas o engañosas.
Si bien el Tribunal reiteró que debe haber daños internos para recuperar según el estatuto RICO, también señaló que no hay evidencia de que el Congreso tuviera la intención de excluir a las empresas estadounidenses propiedad de personas que viven en el extranjero para entablar una demanda RICO. Como afirmó la Corte, “al hacerlo se corre el riesgo de generar discordia internacional”.

Para mayor información contactar a:

Jeffrey Lehtman | Socio Miller & Chevalier | jlehtman@milchev.com

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