Ecuador | Corte Constitucional decide suspender provisionalmente el Decreto Ejecutivo 754 que reformaba al Reglamento del Código Orgánico del Ambiente (Caso 51-23-IN)

5 Mar, 2024 | Noticias

El Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 754, publicado el 2 de junio de 2023 (en adelante “Decreto”). El Decreto reformaba al Reglamento del Código Orgánico del Ambiente. Una de las principales reformas que implementó el Decreto era el Proceso de Participación Ciudadana para la Consulta Ambiental en el proceso de regularización ambiental.

El 13 de junio de 2023, ciertas agrupaciones indígenas presentaron una acción pública de inconstitucionalidad, por la forma y por el fondo del Decreto, indicando que: (i) se requiere de una Ley y no de un Decreto Ejecutivo para regular estos aspectos; (ii) falta de realización de la consulta prelegislativa; (iii) se confunde la consulta previa con la ambiental, solicitando la suspensión del Decreto mientras se resuelve el caso.

El 31 de julio de 2023, la Corte Constitucional avocó conocimiento de la solicitud dentro del caso 51-23- IN, en el cuál decidió:

• Admitir a trámite la acción pública de inconstitucionalidad, sin que implique prejuzgamiento.

• Aceptar la solicitud de suspensión provisional de la totalidad del Decreto mientras la Corte Constitucional analiza y resuelve la acción pública de inconstitucionalidad.

¿Cuáles son las siguientes pasos a seguir frente a la demanda de inconstitucionalidad del Decreto?

La Presidencia, el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (en adelante “MAATE”), y la Procuraduría General del Estado pueden impugnar o defender su constitucionalidad dentro de los 15 días posteriores. De igual manera, la Presidencia tiene 15 días para remitir a la Corte Constitucional el respaldo con el cuál se fundamentó el Decreto.

Las compañías que ya iniciaron el proceso de consulta ambiental al amparo del Decreto podrían presentar amicus curiae, para informar sus argumentos a la Corte.

Plazos que tiene la Corte Constitucional:

Por el momento no hay un término específico para que la Corte Constitucional resuelva sobre el fondo de la acción pública de inconstitucionalidad. Mientras tanto, el Decreto continuará suspendido.

Dato relevante:

El MAATE indicó que son más de 150 los proyectos pausados por la falta de implementación de la consulta ambiental.

Posibles escenarios: Una vez que la Corte Constitucional analice el fondo de la acción pública de inconstitucionalidad, existen 3 posibles escenarios:

1. Escenario #1: Se declara que el Decreto es inconstitucional en su totalidad.

Efectos Vía legal a seguir
Hasta que la Asamblea Nacional no emita la nueva ley, el MAATE no podrá continuar con los procesos de regularización ambiental.La Corte deberá pronunciarse sobre los procesos de regularización iniciados antes de la declaratoria de inconstitucionalidad. La Asamblea Nacional debería emitir una ley orgánica que regule el derecho a la consulta previa y al derecho de la consulta ambiental. 

Si la Corte así lo determina, deberá realizarse previamente la consulta prelegislativa.

 

2. Escenario # 2: se declara que el Decreto es parcialmente inconstitucional.

Efectos Vía legal a seguir
Se eliminarían del Decreto los artículos que la Corte Constitucional determine son inconstitucionales, y permanecerían vigentes el resto.La Corte deberá pronunciarse sobre los procesos de regularización iniciados antes de la declaratoria de inconstitucionalidad.

Hasta que la Asamblea Nacional no emita la nueva ley, el MAATE no podrá continuar con los procesos de licenciamiento ambiental.

 

Se deberá estar al razonamiento de la Corte Constitucional, lo que podría incluir que la Asamblea Nacional emita una ley orgánica que regule aquellos temas que se declaren inconstitucionales. A su vez, que se realice una consulta prelegislativa. 

 

3. Escenario # 3: se declara que el contenido del Decreto es constitucional.

Efectos
Se levanta la suspensión provisional de la totalidad del Decreto y se retoman los procesos de consulta ambiental. Podría también declararse la constitucionalidad condicionada del Decreto, debiendo aplicarse en la manera que señale la Corte Constitucional

Para mayor información contactar a:

María Rosa Fabara | Socia Bustamante Fabara | mrfabara@bustamantefabara.com

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