Brasil | Incentivos fiscales para empresas y criterios ASG

Brasil | Incentivos fiscales para empresas y criterios ASG

¿Dónde se encuentran los incentivos fiscales para las empresas y los criterios ESG (ambientales, sociales y de gobernanza) en Brasil? Para responder a esta pregunta, es necesario retroceder algunas casas y observar la escena mundial.

Han pasado algunos años desde que el mundo estableció una serie de objetivos para combatir el cambio climático y los desequilibrios sociales, catalizados recientemente por la pandemia de Covid-19, que expuso aún más las vulnerabilidades.

Una de las guías para este objetivo es la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, que plantea varios puntos estratégicos para la transformación e incluso cita los impuestos como una métrica a considerar como parte de la contribución a los ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible) [1].

El hecho es que la necesidad de enfrentar los desafíos es urgente y debe provenir de diferentes frentes y prácticas ambientales, sociales y de gobernanza, es decir, ESG. Lo que inserta este tema, inclusive, como parte de las estrategias comerciales y una forma de estructurar y mitigar riesgos para las empresas, instituciones financieras, mercado financiero, convirtiéndolo en un tema imperativo para posicionarse y actuar en el corto y largo plazo.

ESG se ha convertido en un poderoso indicador de cómo una empresa ve su papel en la sociedad y cómo honra este compromiso con las buenas prácticas, siendo los incentivos fiscales una fuerza esencial para reasignar el capital hacia resultados más sostenibles socialmente.

El beneficio fiscal es muy importante para romper la inercia del mercado porque muchas de estas prácticas no se implementan porque en ocasiones son económicamente inviables. Entonces, al final del día, hay que darle un empujón y el beneficio fiscal tiene que ver con eso.

En la misma línea, la legislación ambiental busca cada vez más incluir beneficios fiscales para promover negocios sustentables y premiar las buenas prácticas, y no solo castigar conductas que no se ajusten a la legislación.

Los incentivos fiscales asociados a las prácticas ESG es un tema que necesita ser evaluado y considerado porque, además de ser decisivo para estimular el desarrollo económico del país, es una forma de atraer inversión internacional, ya que los inversionistas extranjeros lo están buscando.

La 25.ª Encuesta de CEO, publicada en enero de 2022, mostró que el 38 % de los líderes ejecutivos brasileños están preocupados por la desigualdad social y el 36 % por el cambio climático como una amenaza para el crecimiento de sus negocios, pero se necesita más.

También es de interés de Brasil adaptarse y adherirse a estas reglas, ya sea para mejorar su imagen en el escenario internacional, que es un factor que pesa mucho en la atracción de inversiones, o para mostrar a la competencia internacional que estos no son aspectos que puedan impedir que el país avanzar

Brasil tiene espacio para ser un actor destacado en el mercado mundial de carbono y, de esa manera, permitir que las empresas busquen nuevas oportunidades de negocios sostenibles.

Transparencia y legislación

El segmento de incentivos fiscales para temas ambientales, sociales y de gobernanza ha evolucionado recientemente.

Si bien aún no existe una regulación específica sobre este tema, existen iniciativas que, de alguna manera, ya están relacionadas con las prácticas y el tema ESG. Entre ellos se pueden mencionar:

— Los incentivos fiscales a las energías renovables son aplicables a IRPJ, CSLL, ICMS, PIS y Cofins;
— Exención ICMS en operaciones con elementos tales como turbinas eólicas, calentadores solares, generadores fotovoltaicos
y otros;
— La discusión en el Congreso Nacional sobre incentivos fiscales para corregir las desigualdades sociales;
— La promoción de agendas a favor de una regulación ESG que brinde mayor transparencia sobre cómo las empresas e instituciones financieras han sido estructuradas e implementadas medidas para contener riesgos relacionados con aspectos ESG, por parte de la Comisión de Valores y Bolsa (CVM), del Banco Central y la Federación Brasileña de Bancos (Febraban);
— Leyes de incentivos fiscales para empresas que inviertan en proyectos sociales, como la Ley Rouanet, que fomenta el deporte, promueve la producción audiovisual y fomenta la investigación.

El cambio más grande que debe darse aún choca con la política tributaria del país, la cual se basa en un sistema complejo y poco amigable para la implementación de beneficios de esta naturaleza. Es como si el país viviera del “tirón a tirón” para usar una expresión popular. La mayoría de las veces se miran los beneficios fiscales, pero sin planes concretos y prácticos. Porque el tema no es simplemente otorgar beneficios fiscales para plantar árboles, por ejemplo. Se necesita planificación, con metas claras de hacia dónde quiere ir el país y qué pretende desarrollar.

En este contexto, la reforma tributaria, un tema que cobra fuerza en el escenario de la disputa electoral y que debe darse en un futuro postelectoral, necesita ir más allá y considerar no solo la cuestión de buscar el equilibrio en la carga tributaria, sino también considerar prácticas medidas que impliquen la concesión de incentivos fiscales vinculados a prácticas ASG.

[1] En 2015, la ONU propuso a sus países miembros una nueva agenda de desarrollo sostenible para los próximos 15 años, la Agenda 2030, que comprende los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Por Douglas Mota, socio del área tributaria de Demarest Advogados y Fernanda Stefanelo, socia de las áreas Ambiental y ESG de Demarest.

Para mayor información contactar a:

Cláudia Massaia | Abogada Senior en el área de Compliance & Investigaciones | cmassaia@demarest.com.br

 

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Centroamérica | ¿Cómo dar el salto al E-Commerce?

Centroamérica | ¿Cómo dar el salto al E-Commerce?

El comercio electrónico o e-commerce, viene en auge desde hace bastantes años, pero las medidas sanitarias generadas por el COVID-19 ha acelerado este cambio. Ante la distancia social obligatoria, cada vez más negocios tienen la necesidad de acercarse a sus consumidores mediante plataformas de comercialización en línea, algunos de ellos urgentemente.

El paso hacia el comercio electrónico requiere, por supuesto, un sólido modelo de negocios y cumplir con adecuados estándares tecnológicos.  Pero también tiene importantes componentes legales que, de no tomarse en cuenta de forma oportuna pueden generar riesgos innecesarios.  Sobre este último aspecto es en el que nos concentraremos, para intentar responder lo que debe cumplirse desde la perspectiva legal para emprender un negocio virtual con tranquilidad.

Estructura del negocio.  Al igual como los modelos de negocios del “mundo tangible” no pueden replicarse exactamente igual en el comercio electrónico, las leyes y su aplicación tampoco es idéntica en ambas esferas.

Muchas de las necesidades y oportunidades legales dependerán, por ejemplo, de si se trata de una empresa que vende a consumidores (B2C) o a otros negocios (B2B); si desarrollará algún app o tecnología propia o utilizará la de terceros; si ofrecerá productos o servicios; licencias y permisos requeridos según el tipo de producto; etc.

El diseño y estructuración legal deben hacerse temprano en el proceso, para utilizar las formas que se adaptan más eficientemente a cada negocio.  Esta decisión, a su vez, definirá muchas de las necesidades futuras del proyecto.

Relaciones socios comerciales.  Un elemento clave en todo negocio en línea son las relaciones con otros socios comerciales.  Sea que la empresa desea utilizar un “Marketplace” ya existente o desarrollar su propia plataforma, se deben generar esquemas contractuales con proveedores y colaboradores (como cualquier otro tipo de negocio), pero además con otros actores específicos, tales como socios tecnológicos; sistemas de pagos; y otros.  Algunos socios comerciales pueden estar en prácticamente cualquier lugar del mundo, lo cual puede traer necesidades y riesgos adicionales a considerar.

En ocasiones las alianzas con socios comerciales son esenciales para el producto que se ofrecerá.  Por ejemplo, podemos pensar en un chef que, como consecuencia de la situación, decide reinventar su negocio y vender “kits” para preparar comidas en casa.  Este emprendimiento requerirá alianzas comerciales con proveedores de alimentos y utensilios, servicios de mensajería, etc.

En todos estos casos será sumamente importante tener claras las responsabilidades de los diferentes actores en varios temas legales, tales como los derechos de propiedad intelectual, titularidad de los datos recabados en el proceso, confidencialidad de la información, garantías, servicio al cliente, y otros.

Obligaciones con los consumidores. Las relaciones con los consumidores es quizás la parte más visible de este tema. En Costa Rica, la ley protege de forma especial al consumidor, ya que las asimetrías en la información lo convierten en la parte más débil de la relación.   Este estándar se hace todavía más severo en casos de comercio electrónico pues el consumidor no tiene al frente los productos que le interesa adquirir, y además está expuesto en otros temas adicionales como la tecnología, informaciones personales, y otros.  Por ello, en el e-commerce aplican todas las protecciones del comercio ordinario, pero con algunos requisitos adicionales que se deben considerar para que las transacciones sean válidas y para no exponerse a sanciones.

Algunas de las medidas que deben considerar quienes comercializan sus productos por medio del comercio electrónico incluyen requerimientos más detallados sobre el comerciante, la plataforma que se está usando, su funcionalidad y seguridad.  También hay reglas especiales para el consentimiento, que es la base de la constitución de los acuerdos entre personas: en el mundo del E-commerce se requiere que el consumidor reciba un resumen de la transacción antes de finalizar para que no sea anulable.  Además, debe contarse con términos y condiciones claras, regulación sobre seguridad de medios de pagos y protección contra fraudes.  Debe poderse evaluar la plataforma. Hay además restricciones a las suscripciones automáticas, así con expresión del consentimiento por medio de mecanismos de “opt out”.

Otro aspecto importante relacionado al e-commerce es el uso de bases de datos. Con la 4ta revolución industrial, los datos serán clave para el éxito de los negocios.  Los consumidores se verán beneficiados de mejores experiencias de consumo, pero el uso indebido de sus datos personales puede violentar bruscamente los derechos de privacidad.  A la hora de pedir la información a las personas, se requiere que la otorguen dando lo que se conoce como un consentimiento informado, así como respetar una serie de reglas relacionadas con el uso que se le dará a la información, el acceso a ésta, la posibilidad de rectificación y la opción de darse de baja de forma simple.

Finalmente, es importante mencionar que los comerciantes digitales deben tener buenas políticas de retracto y garantía.  Como el consumidor no va a poder ver el producto antes de comprarlo, tienen el derecho a devolver el producto en 8 días, aunque no hubiera tenido ninguna falla. Además, aplica la garantía de 30 días por fallo del producto.  Las políticas y procesos sobre estos temas deben estar claramente establecidos para mitigar los reclamos que podrían presentar los consumidores.

Existen, además, reglas especiales para la publicidad por mecanismos electrónicos.  Esto incluye el uso de correos masivos, cookies, publicidad en redes sociales y el uso de los llamados influencers.

Para evitar daños graves en el negocio e incurrir en responsabilidades legales es necesario emprender acompañado por quienes tengan conocimiento del tema.

Para mayor información contactar a:

Uri Weinstok | Socio BLP | uweinstok@blplegal.com

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Colombia | Reforma Tributaria 2022 – Análisis general de los temas positivos y negativos aprobados en comisiones

Posse Herrera Ruiz entrega este documento preparado por sus expertos de derecho tributario, que contiene un análisis general de los los aspectos positivos y negativos de los textos de la Reforma Tributaria 2022 aprobados en Comisiones.

Consulte el documento haciendo click en “Ver más”.

Ver más

Para mayo información, contactar a:

Oscar Tutasaura | Socio Posse Herrera Ruiz | oscar.tutasaura@phrlegal.com

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Chile | Seis características de un canal de denuncias bien implementado

Chile | Seis características de un canal de denuncias bien implementado

Los canales de denuncia son una herramienta clave para las empresas que deseen implementar una cultura corporativa de integridad y contar con espacios seguros de trabajo.

Estos permiten detectar irregularidades que pudieran comprometer la responsabilidad de la empresa, pero también la seguridad y salud de los trabajadores. Un programa de compliance bien implementado, por lo general buscará desarrollar una herramienta de este tipo como apoyo al cumplimiento de los deberes de dirección y supervisión que exige la ley, pero ¿Qué características tiene un canal correctamente implementado?

  1. Es conocido por todos los miembros de la organización

No basta con solo tener un canal, sino que las empresas deben asegurarse de difundir y dar a conocer cabalmente esta herramienta a sus trabajadores, de manera tal que estos la identifiquen como una instancia a la que pueden acudir. Es importante que esta difusión abarque no solo la existencia del canal sino que también la información clave asociada a el. ¿Qué se puede denunciar? ¿Cómo accedo? ¿Qué pasa si denuncio? Entre otras interrogantes.

  1. Es de fácil acceso

Este desafío es aún mayor cuando no todos los trabajadores prestan sus servicios en oficina sino que en distintos tipos de faena, ya que se debe velar por que todos los miembros de la empresa puedan acceder al canal desde el lugar que prestan los servicios. En esta línea, existen diversas opciones: habilitación de un link al que se pueda acceder desde el celular, desarrollo de una app móvil, instalación de medios físicos en aquellas faenas de trabajo en las que no exista un computador al alcance, instalación de computadores especialmente destinados a estos efectos, etc. Lo importante es asegurarse de que sea una herramienta accesible por todos y en caso de que sea necesario, adoptar medidas adicionales para que este acceso se facilite.

  1. Está abierto a terceros

Generalmente los canales de denuncia son para uso interno, es decir, solo para quienes formen parte de la empresa. Sin embargo, abrir el canal a tercero puede ser una buena práctica en tanto permite que clientes y proveedores puedan informar de irregularidades que han presenciado y/o sufrido en las relaciones con la empresa. Asimismo, permite a la comunidad un flujo de comunicación con la organización en caso de que esta genere impactos negativos en sus alrededores. Si bien, esto puede provocar que lleguen denuncias de diverso tipo, se puede generar un flujo para que estas se deriven al área correspondiente y esta vea si procede hacer algo o no.

  1. Transmite confianza

Esta es quizás una de las metas más difíciles de alcanzar: que los miembros de una organización se sientan protegidos en caso de denunciar. Para ello, la empresa debe invertir recursos en evitar las represalias y, actuar conforme a ello en caso de recibir una denuncia que pudiera ser delicada y/o afectar a algún cargo relevante y/o estratégico de la empresa. A través de su actuar, la organización debe ser capaz de generar confianza en sus trabajadores para que estos sientan que podrán denunciar sin poner en riesgo su integridad, ambiente laboral, e incluso, su puesto de trabajo. Una de las maneras de generar confianza, es la posibilidad de efectuar la denuncia en forma anónima. En este caso, la empresa deberá definir qué conductas podrán denunciarse anónimamente y cuáles no (por ejemplo, aquellas que la ley exige identidad del denunciante como en el acoso sexual).

  1. Se mantiene activo

Uno de los errores más comunes que se cometen por las empresas es pensar que si no se reciben denuncias, esto es porque nada malo ocurre dentro de ellas. Lo cierto es que, la falta de denuncias es un posible síntoma de que este no se usa y los trabajadores, proveedores, clientes, y otros usuarios, no confían en él o no lo conocen. Asimismo, muchas veces se instala la aprehensión de que implementar un canal de denuncias hará que se mal utilice para informar o ingresar quejas o detalles que exceden el objetivo de la plataforma, sin embargo, esto debe manejarse definiendo un flujo de derivación de las denuncias al área encargada. La recepción de muchas denuncias, aun cuando no estén relacionadas, debe mirarse con buenos ojos pues significa que la gente sí acude a él.

  1. Tiene un proceso definido para el tratamiento de denuncias

Respecto a este punto, la implementación de un canal de denuncias trae consigo la necesidad de regular la manera en la que se procesarán las denuncias recibidas y la manera en la que se investigarán los hechos contenidos en ella. En esta línea, las organizaciones están obligadas a respetar los derechos humanos y garantías constitucionales como el derecho a un debido proceso, la presunción de inocencia, etc. Asimismo, se debe regular qué pasará cuando una conducta se logre acreditar, transparentando las sanciones que pudieran ser aplicables.

 

Para obtener más información sobre estos temas pueden contactar a:

Francisca Franzani | Directora Grupo Compliance | ffranzani@az.cl

Florencia Fuentealba | Asociada Grupo Compliance | ffuentealba@az.cl

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Uruguay | Mercados de carbono más allá del sector forestal: oportunidades para el agro y la ganadería

Uruguay | Mercados de carbono más allá del sector forestal: oportunidades para el agro y la ganadería

Cuando uno piensa en el Amazonas, el Bosque Atlántico, o el Gran Chaco, o tal vez un sinfín de filas rectas de árboles de eucalipto, puede imaginar cómo secuestran dióxido de carbono de la atmósfera. Y de estos bosques dependen los créditos de carbono y su comercialización, los que existen hace décadas y, tradicionalmente, se relacionaron con proyectos de conservación de bosques nativos y con la industria forestal. Sin embargo, en los últimos años, los mercados de carbono se han expandido para incluir otros sectores como la ganadería y la agricultura.

La expansión a estas industrias productoras de alimentos se da en un momento importante. El último informe del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC, por sus siglas en inglés), que evalúa y describe la relación entre el cambio climático, la tierra y la seguridad alimentaria, declara que el impacto del cambio climático en la producción de alimentos afectará seriamente la seguridad alimentaria mundial. Esta problemática tiene dos soluciones posibles: frenar el cambio climático y/o aumentar la producción alimentaria, pero de manera sustentable para que el remedio no sea peor que la enfermedad. La aplicación de herramientas como los mercados de carbono al sector agropecuario puede colaborar con ambas soluciones: por un lado, proveer un incentivo económico adicional para la ganadería y agricultura sustentables, incrementando la producción de alimentos, y, por otro, reducir las emisiones de gases de efecto invernadero proveniente de estos sectores.

Soluciones basadas en la naturaleza
En países como Paraguay y Uruguay, dónde el sector agropecuario tiene un peso relevante en la economía, pensar en acciones que permitan una producción más sostenible puede ser una propuesta “ganar – ganar”. Por un lado, la transición hacia la sostenibilidad tendría un efecto positivo para el medioambiente y el combate contra el cambio climático, al reducir la emisión de gases de efecto invernadero y secuestrar una mayor cantidad de dióxido de carbono en los suelos y en las plantaciones. Por otro lado, implementar prácticas agrícolas y pecuarias sostenibles, como la agricultura regenerativa, la plantación de cultivos de cobertura, el reemplazo de abonos químicos por compost y fertilizantes orgánicos, los sistemas de producción silvopastoril y el pastoreo rotativo, tiene el potencial de aumentar la calidad del suelo con una mejor retención del agua, una mayor biodiversidad de materia orgánica, y una menor tasa de erosión, resultando en mejoras de los rendimientos por hectárea para la agricultura y en la calidad de las pasturas para la ganadería. Adicionalmente, estos cambios pueden generar ahorros económicos, como en gastos de tractores y maquinarias, el uso de combustibles, y en la compra de abonos químicos, y generar fuentes adicionales de ingresos, a través de instrumentos económicos que retribuyen la captura de carbono, como lo son los créditos de carbono comercializados en los mercados voluntarios.
Instrumentos financieros dirigidos a fomentar prácticas agroecológicas.

Actualmente existen dos tipos mercados de carbono: el de cumplimiento (utilizado en países que limitan, por ley, la cantidad de carbono que una empresa o actividad económica puede emitir a la atmósfera, como los países de la Unión Europea) y el mercado voluntario de carbono (utilizado por las empresas en el marco de sus programas de RSE o ESG para reducir su huella de carbono, sin estar obligadas por ley o regulación a hacerlo).

En los mercados voluntarios de carbono se comercializan créditos de carbono, que representan las toneladas de dióxido de carbono que, mediante un proyecto o una iniciativa, no han sido emitidas o han sido extraídas de la atmosfera. Un crédito de carbono representa una tonelada métrica de dióxido de carbono (o su equivalente) que ha sido exitosamente secuestrada de la atmósfera o cuya emisión haya sido evitada. Las empresas y organizaciones adquieren estos créditos para contrarrestar sus emisiones o como parte de sus esfuerzos para mejorar su perfil de sostenibilidad. Son estos mercados voluntarios los que ofrecen las mejores oportunidades para las industrias forestales y agroganaderas de Paraguay y Uruguay.

Como herramienta para combatir el cambio climático, los mercados de carbono son una oportunidad para movilizar inversión y recursos económicos hacia proyectos que busquen mejorar la situación actual en cuanto a emisiones de gases de efecto invernadero y, con eso, lograr la transición hacia una economía más verde. Para los sectores agrícola y ganadero en nuestros países, mediante los mercados de carbono se podría acceder a una fuente de ingresos nueva y complementaria a las fuentes directas de la actividad agropecuaria. Los productores agropecuarios, sean estos grandes o pequeños, deberían tener en cuenta que, para que una actividad pueda ser considerada apta para la generación y venta de créditos de carbono, la reducción o el secuestro de dióxido de carbono (u otros gases de efecto invernadero) debe ser real y comprobable, adicional a la reducción o el secuestro natural o actual (es decir, debe ser una reducción lograda a través de prácticas nuevas y distintas a la práctica común o actual), permanente, y verificable por entidades verificadoras reconocidas, en base a estándares internacionales preestablecidos.

¿Cómo generan créditos de carbono los proyectos agrícolas o ganaderos?
En un artículo reciente de The New York Times, se menciona que las tierras de cultivo en el mundo tienen el potencial de secuestrar hasta 570 millones de toneladas métricas de carbono por año y que utilizarlas para almacenar las emisiones de gases de efecto invernadero es esencial para evitar los peores efectos del cambio climático.
El informe relata el ejemplo de un agricultor de Estados Unidos que, mediante cultivos de cobertura y siembra directa, logró mayores resultados en su producción y, con ello, igualmente capturó mayor cantidad de dióxido de carbono en el suelo. Con ello, logró acuerdos para certificar las toneladas de dióxido de carbono secuestradas con sus cambios de práctica, lo que espera vender a USD 27 por cada tonelada a empresas como JPMorgan Chase, Shopify y North Face, que buscan contrarrestar sus emisiones de gases de efecto invernadero. Otro ejemplo muy conocido es el de una ganadera australiana de nombre Wilmot Cattle Company, que con un uso más eficiente de sus pastos logró secuestrar carbono en el suelo, lo que generó más de 40.000 créditos de carbono que fueron vendidos a Microsoft, por un monto que, a los precios actuales, podría alcanzar entre USD 500.000 a USD 600.000.

Si bien la certificación de créditos de carbono en proyectos agropecuarios es incipiente, es importante destacar que la demanda de créditos está creciendo cada día. Se estima que, en 2016, el mercado voluntario de carbono movió aproximadamente USD 200 millones. En 2021, esta cifra escaló a los USD 1.000 millones, según una publicación de Ecosystem Marketplace, y la consultora global McKinsey estima que el mercado voluntario podría valer hasta USD 50.000 millones para el 2030. Parte de estos recursos bien podría estar destinada a los productores agropecuarios de Paraguay y Uruguay.

Para mayor información contactar a:

Carla Arellano | Consejera Ferrere | carellano@ferrere.com

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Uruguay | Mercados de carbono más allá del sector forestal: oportunidades para el agro y la ganadería

México | Avances en los mecanismos para aplicar impuestos ecológicos

Los impuestos verdes o ecológicos son una tendencia generalizada a nivel internacional y nacional. Algunos Estados de la República, con intención de elevar los niveles de recaudación e implementar acciones de descarbonización, han implementado diversos impuestos ecológicos, cuya carga fiscal es importante.

Destacan los avances del Estado de Querétaro, que incorporó, en la Ley de Hacienda del Estado, a principios de año, reformas para integrar el Capitulo Noveno, denominado Impuestos Ecológicos. A través de este Capítulo Noveno, se añadieron 3 impuestos, a saber: (i) Impuesto por Remediación Ambiental en la Extracción de Materiales; (ii) Impuesto por la Emisión de Gases a la Atmósfera; y (iii) Impuesto por la Disposición Final de Residuos de Manejo Especial y Peligrosos.

Si bien las reformas entraron en vigor en 2022, según declaraciones de la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Estado de Querétaro está por definirse si se harán efectivos a inicios de 2023 o exista alguna posibilidad de aplazarse. Sin embargo, en el Congreso Local existen iniciativas que apuntan a reformar el Código Ambiental, y habrá que estar alerta a otras iniciativas de modificaciones a las leyes en materia ambiental, como la Ley de Cambio Climático del Estado y la Ley de Protección Ambiental para de Desarrollo Sustentable del Estado de Querétaro.

A continuación, algunos breves comentarios sobre los referidos impuestos:

Impuesto por la Remediación Ambiental en la Extracción de Materiales

Esta contribución pretende hacerse efectiva a través de libros de registro de extracción que se presenten a la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Desarrollo Sustentable.

El objeto del impuesto es la extracción, en el Estado, del suelo y subsuelo de materiales que constituyan depósitos de igual naturaleza a los componentes de los terrenos, vetas, mantos, depósito natural o yacimiento geológico de agregados pétreos, grava, piedra, tezontle, tepetate, arena, arenilla, tepecil o cualquier material no metálico derivado de las rocas o de procesos de sedimentación o metamorfismo.

Este impuesto se causará por cada metro cúbico y se definen tanto minerales metálicos como no metálicos, denominados como de alto y bajo impacto ambiental para la aplicación de la cuota[1]. En la lista de estos materiales se incluyen: la arena, arenilla, tezontle, tepetate, grava granito, mármol, ónix, entre otros. De ahí que los sectores de la construcción y otras industrias que utilicen este tipo de materiales se pudieran ver afectadas y esperarse un alza en los precios de estos elementos.

El impuesto deberá ser pagado mediante declaración que se presentará, a más tardar, el 22 del mes inmediato siguiente a aquel en el que se extrajeron los materiales, aplicando la cuota correspondiente a cada metro cúbico del producto objeto de la extracción.

Impuesto por la Emisión de Gases a la Atmósfera

Son objeto de este impuesto las emisiones a la atmósfera de determinadas sustancias generadas en los procesos productivos que se desarrollen en el Estado y que produzcan las afectaciones indicadas en el artículo 83-Bis 8 de la Ley de Hacienda.

Para efectos de este impuesto se consideran la emisión a la atmósfera de las sustancias sujetas a reporte en los Registros de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), requeridos por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (la Federación), como la Secretaría de Desarrollo Sustentable (esfera estatal), para los siguientes compuestos: bióxido de carbono, metano, óxido nitroso, hidrofluoro-carbonos, petrofluorocarbonos y hexafloruro de azufre (gases de efecto invernadero o GEI).

La base gravable para determinar este impuesto son las toneladas y, particularmente, la conversión de estos compuestos a toneladas de CO2equivalente.

Se hará un pago anual y existe la obligación de presentar una declaración informativa a la Secretaría de Desarrollo Sustentable.

También se estipula la obligación de obtener un dictamen de inventarios de emisiones emitidos por organismos de inspección o unidades de verificación, que deberán estar registrados, o bien, autorizados por la Secretaría de Desarrollo Sustentable. De ahí, un creciente número de organismos y unidades de verificación que estén en posibilidad de ”avalar” la cantidad de emisiones que emiten las industrias de estos componentes a la atmósfera.

Impuesto por la Disposición Final de Residuos de Manejo Especial y Peligrosos

El objeto de este impuesto es la disposición final de residuos de manejo especial en rellenos sanitarios, bancos de tiro o sitios de disposición final públicos o privados ubicados en el Estado, así como el almacenamiento temporal o confinamiento controlado de residuos peligrosos en el Estado, que, al originar su liberación en el ambiente, constituyan un tóxico o peligro, que suscita efectos de riesgo en la salud humana, a los ecosistemas o al equilibrio ecológico.

La base gravable es la cantidad en toneladas de residuos de manejo especial depositados o almacenados en los sitios que refiere el artículo 83 BIS-14 de la Ley o por tonelada de residuos peligrosos confinados en el Estado, y para identificar los residuos podrá tomarse como apoyo, la información que reporten los contribuyentes anualmente vía la Licencia Ambiental Única y la Cédula de Operación Anual, así como los respectivos Planes de Manejo de Residuos.

Son sujetos de este impuesto, con independencia de su domicilio fiscal, las personas físicas, las personas morales y las unidades económicas catalogadas como gran generador en términos de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos que, bajo cualquier título, por sí mismas o a través de intermediarios, realicen la disposición final de residuos, así como el almacenamiento temporal o confinamiento controlado de residuos peligrosos a que se refiere la Ley de Hacienda.

Los abogados del área fiscal y ambiental de la Firma, estamos a sus órdenes para atender cualquier duda respecto a los referidos impuestos ecológicos.

Para mayor información contactar a:

Juan José López de Silanes | Socio Basham, Ringe y Correa | lopez_de_silanes@basham.com.mx

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