En este episodio, Yoab Bitran, director del Grupo Compliance de Albagli Zaliasnik, conversa con Gabriela del Castillo, directora global de Ética y Cumplimiento.
En una conversación cercana, Gabriela comparte su inspiradora trayectoria profesional y cómo ha enfrentado momentos de gran complejidad. Relata cómo, en un periodo especialmente desafiante, tuvo que abordar riesgos normativos estrechamente ligados al negocio.
Destaca, además, la relevancia de construir relaciones sólidas dentro de la organización como parte fundamental del rol del compliance officer.
Compliance Latam te invita al webinar de lanzamiento de la Segunda Guía Comparada sobre Investigaciones Internas, un recurso clave para comprender los desafios, tendencias y herramientas para liderar investigaciones internas efectivas.
🗓 Fecha: 24 de julio
⏱️ Hora:
Costa Rica | El Salvador | Guatemala | Honduras | México | Nicaragua 9:00 am.
Colombia | Ecuador | Panamá | Perú 10:00 am.
Bolivia | Chile | EE.UU. (Washington D.C) 11:00 am.
Argentina | Brasil | Paraguay | Uruguay 12:00 pm.
España 17:00 pm.
En este episodio del podcast, Yoab Bitran, Director del Grupo Compliance de Albagli Zaliasnik, entrevista a Patricia Kosa, actual Vicepresidente y Compliance Officer en Sierra Metals.
Durante la conversación, Patricia comparte su trayectoria profesional, destacando su paso por el ámbito legal y cómo fue asumiendo crecientes responsabilidades hasta llegar a liderar el área de compliance en una empresa minera con operaciones en distintos países de América Latina.
Además, detalla cómo es su día a día como Compliance Officer, explicando cómo implementa el compliance en la organización: desde la elaboración de políticas internas y procesos de capacitación, monitoreo y el fortalecimiento de una cultura ética empresarial. Resalta la importancia de anticiparse a los riesgos y la necesidad de contar con el apoyo del liderazgo para que el programa de cumplimiento tenga impacto real.
La nueva norma entrará en vigor el 1 de agosto de 2025, con un plazo extendido hasta el 1 de julio de 2026 para implementar la ARC en los casos obligatorios.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) emitió la Norma de Carácter General N° 538 que establece los estándares mínimos de seguridad, registro y autenticación que deberán cumplir bancos, emisores de tarjetas, cooperativas de ahorro y crédito y otras entidades supervisadas.
Esto en relación con las operaciones sujetas a la Ley N°20.009 sobre responsabilidad por operaciones no reconocidas con medios de pago.
Dentro de los principales puntos a destacar de esta norma, se encuentran:
Se introduce la obligación de implementar autenticación reforzada de cliente (ARC) en operaciones clave, como transferencias electrónicas de fondos y modificaciones de datos personales.
La ARC deberá basarse en al menos dos factores independientes de autenticación (conocimiento, posesión e inherencia).
Se exige a los emisores asegurar la confidencialidad, integridad y trazabilidad de las transacciones.
La CMF podrá fiscalizar y sancionar el incumplimiento de estos estándares.
Es importante mencionar que la norma entra en vigor el 1 de agosto de 2025, con un plazo extendido hasta el 1 de julio de 2026 para implementar la ARC en los casos obligatorios.
De este modo, esta norma marca un hito importante en la protección del usuario financiero frente a fraudes, reforzando las medidas de ciberseguridad y trazabilidad exigidas a los emisores.
El llamado a estas entidades es a prepararse, ya que será clave revisar políticas internas, sistemas tecnológicos y protocolos de autenticación en miras al cumplimiento normativo.
Compliance nació como una respuesta a la Ley N° 20.393 y la regulación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, sin embargo, hoy en día ha evolucionado y se ha convertido en mucho más que la implementación de un Modelo de Prevención del Delito al interior de la empresa, se ha transformado en un verdadero motor ético y cultural de las organizaciones.
En este sentido nos preguntamos ¿por qué compliance en educación?
La educación es un proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tienen como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, artístico y físico, mediante la transmisión y cultivo de valores, conocimientos y destrezas.
Entonces, si queremos formar personas íntegras capaces de construir una sociedad más justa y segura, incorporar los valores y principios de compliance al interior de la administración de la persona jurídica parece ser el camino correcto.
La cultura de cumplimiento se posiciona como una herramienta estratégica dentro de una organización que incorpora estándares de integridad, transparencia y responsabilidad que permean en todo el quehacer de una empresa, en este caso la entidad sostenedora. Por lo tanto, si un establecimiento educacional tiene estándares éticos y de calidad en su operación, ineludiblemente dicha cultura se traspasará a todas las áreas, incluidas las relaciones entre los grupos de interés que conforman a la comunidad educativa.
En este sentido, cobra un rol fundamental la figura de los sostenedores de establecimientos educacionales, ya que son ellos quienes deben dar un propósito a la gestión de sus establecimientos y dirigirlos conforme al actuar de éste. Son ellos quienes deben establecer el marco ético y estratégico que guiará a la entidad, aportando desde la administración no solo para cumplir con la normativa para evitar la sanción punitiva, sino que con el propósito de hacer las cosas bien excediendo los estándares mínimos para dar un ejemplo con su gestión.
El mundo educacional se encuentra regulado por alrededor de tres mil leyes y cuerpos normativos lo cual es un exceso que agobia a los equipos directivos, por lo que compliance no puede ser una carga más, sino que se tiene que posicionar como una herramienta útil, que aporte en la resolución de los problemas que se viven en el día a día de los establecimientos educacionales.
De esta manera, compliance contribuye en la labor de los equipos directivos y de convivencia escolar, permitiendo anticiparse a los conflictos y, en el caso de que existan, resolverlos al interior de las comunidades con mecanismos alternativos de solución, evitando la judicialización de los problemas.
Incorporar una cultura de compliance en la gestión educativa no solo previene riesgos, sino que legitima el trabajo de los sostenedores y fortalece la confianza en la enseñanza. Porque educar con transparencia y respeto por las normas no es sólo una exigencia ética, sino una inversión en la formación de personas integrales, capaces de elevar el estándar del trabajo y la convivencia en la sociedad. Hoy más que nunca, los sostenedores tienen en sus manos la oportunidad de renovar el vínculo entre la educación y la sociedad mediante prácticas justas, coherentes y sostenibles.
Rocío Mendoza, Gerente Legal & Compliance Officer en SOFOFA.