by Juan Manuel González | Abr 4, 2022 | Noticias
El 15 de marzo de 2022, la Cámara de Senadores ratificó el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (“OIT”) 190 sobre la violencia y el acoso laboral, el cual tiene por objeto obligar a los patrones a establecer medidas preventivas y disciplinarias para erradicar cualquier tipo de violencia física y/o psicosocial que pudieran sufrir los trabajadores por la prestación de sus servicios.
Los puntos más relevantes del Convenio son:
Un enfoque inclusivo, con perspectiva de género;
Definiciones globales respecto a violencia, acoso y discriminación por temas de género;
Control de aplicación de sanciones, medios de prevención contra actos de violencia y reparación de daños; y
Sensibilización a la problemática de violencia y acoso laboral;
El Convenio será depositado ante la OIT y una vez que su director general lo registre, entrará en vigor al año siguiente como marco normativo mexicano y deberá ser publicado por un decreto en el Diario Oficial de la Federación.
El objeto del Convenio es contrarrestar actitudes y conductas negativas para el libre desarrollo de la persona dentro de los centros de trabajo. Las empresas tendrán que crear o actualizar sus políticas, protocolos y mecanismos para desarrollar un ambiente armónico libre de violencia y acoso.
Actualmente, dentro de las leyes y normas mexicanas, ya se encuentran algunas obligaciones vigentes que atienden al contenido de dicho Convenio, entre las que destacan:
La elaboración de un protocolo en conjunto con los trabajadores, para la prevención de actos discriminatorios por razones de género, de violencia, acoso u hostigamiento sexual, fundado en la Ley Federal del Trabajo en su artículo 132 fracción XXXI; y
La elaboración de una política y mecanismos para la prevención, seguimiento y aplicación de sanciones, fundada en la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención (“NOM035”), misma que se enfoca en:
a) La prevención de los factores de riesgo psicosocial;
b) La prevención de la violencia laboral; y
c) La promoción de un entorno organizacional favorable.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la dirección de inspección federal de trabajo, deberá velar por que dichas medidas y obligaciones sean aplicadas en los centros de trabajo. En caso de que la Secretaría, por medio de la dirección de inspección federal del trabajo encuentre irregularidades y/o advierta algún tipo de incumplimiento respecto de dichas disposiciones, podrá imponer multas que pueden variar de entre 50 hasta 5,000 UMAS por cada posible incumplimiento imputable al patrón, lo que equivale a una cantidad de $4,811.00 hasta $481,100.00 pesos. Es importante destacar que las cantidades antes referidas pueden aumentar en función del número de incumplimientos u omisiones que se puedan detectar.
En aras de estar preparados para el cumplimiento del Convenio 190 de la OIT, recomendamos que las empresas empiecen a observar a las obligaciones en este mismo sentido. Sugerimos iniciar con una lista de obligaciones y cumplimientos con el fin de determinar el grado de cumplimiento actual de la empresa.
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Juan José López de Silanes | Socio Basham, Ringe y Correa | lopez_de_silanes@basham.com.mx
by Juan Manuel González | Abr 4, 2022 | Noticias
El Ministro de la Contraloría General de la Unión (CGU), Wagner Rosário, participó el miércoles 23 de marzo, en Brasilia, de la ceremonia de entrega del Sello Más Integridad 2021/2022 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento de Brasil.
Empresas de agronegocios y cooperativas fueron premiadas por adoptar prácticas de integridad enfocadas en la responsabilidad social, la sostenibilidad ambiental y la ética, con base en la evaluación del Comité de Gestión del Sello, que cuenta con la participación de un representante de la CGU. La ministra del Mapa, Tereza Cristina, también participó del evento junto a otras autoridades.
El Sello Más Integridad del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento está alineado con el Programa de Promoción de la Integridad Pública (Profip) de la CGU. Durante el evento, el Ministro Wagner Rosário destacó los buenos resultados del esfuerzo de las instituciones públicas y privadas, junto a la sociedad civil, en favor de la ética y la integridad. “Nuestras empresas estatales, por ejemplo, están todas alineadas con las recomendaciones del Consejo de Integridad de la OCDE. Las empresas estatales que hace siete años se vieron envueltas en escándalos de corrupción, perjudicando al fisco, hoy presentan buenos resultados”, dijo.
El ministro también dijo que, en una encuesta realizada con el Banco Mundial, en 2021, en alianza con el Gobierno Federal, fueron entrevistados 22.130 servidores públicos, con una experiencia promedio de 16 años en el trabajo, en todas las unidades federativas del país y en todos los ministerios. Según él, de estos servidores públicos, el 58% dijo haber observado actos poco éticos en el gobierno federal durante su carrera en el servicio público. “Cuando preguntamos eso, en los últimos tres años, ese número ha bajado al 33%. Los números aún no son buenos, pero ya muestran que el trabajo de las instituciones públicas y privadas, junto a la sociedad civil, está dando frutos”, celebró.
Para Wagner Rosário, la integridad debe estar asociada a una actitud racional y razonable. “Este es el reto diario en nuestra profesión, un cambio de mentalidad. Con una cultura de integridad más fuerte, necesitaremos menos control. es un proceso Se necesita paciencia para que esta cultura sea absorbida por todos. Y, por mucho que mucha gente trate de denigrar la imagen de Brasil, los esfuerzos públicos y privados han hecho una diferencia en el país”, concluyó.
Se premiaron 17 organizaciones del sector agropecuario, nueve de las cuales recibieron el premio por primera vez y ocho lograron la renovación del certificado. En la ocasión, también se realizó el lanzamiento del “Sello Mais Integridade – Versión Especial” y el reconocimiento de cuatro organizaciones con la entrega del trofeo “Asociación Socia del Sello Mais Integridade 2021/2022”.
La ministra Tereza Cristina destacó el esfuerzo de las empresas y cooperativas del sector agropecuario por mantener el propósito íntegro de la gestión, aún frente a los desafíos que impone la pandemia. Según ella, esto abrirá mercados que antes se consideraban inalcanzables. “Desde que iniciamos el proyecto, hemos estado totalmente alineados con las buenas prácticas de gestión, con la responsabilidad social y la sustentabilidad ambiental. Apoyamos a las empresas en varios frentes y tenemos espacio para promover, a través de nuestro registro Agroíntegro, incluso aquellas que están con acciones iniciales de integridad. Hoy ya tenemos casi 30 empresas y cooperativas registradas”, dijo.
Durante la ceremonia también tuvieron lugar las ordenanzas que aprueban el Manual de Marca del Sello Mais Integridade y el reglamento de la próxima edición del premio por parte del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento.
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Cláudia Massaia | Asociada Demarest | cmassaia@demarest.com.br
by Juan Manuel González | Abr 1, 2022 | Noticias
El pasado diciembre de 2021 el ministro de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, Iván Lima Magne, pasó a exponer que durante marzo de 2022 se llevara a cabo la reforma judicial en base al anuncio que habría realizado el presidente, Luis Arce Catacora, en un informe ante organismos internacionales.
El ministro señaló el compromiso que se tiene con el pueblo de realizar una reforma judicial que sea objetiva.
Después de las recomendaciones de organismos internacionales, el ministro Lima oficializó que durante este año se realizará la Cumbre Judicial, en base a las recomendaciones realizadas al Gobierno Boliviano por el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI-Bolivia) y del Comité Contra la Tortura (CAT, por sus siglas en inglés).
Asimismo, el Ministro Lima mencionó que se sumará al debate el diagnóstico realizado en los encuentros departamentales de socialización de los seis ejes de la reforma y los lineamientos establecidos en la cumbre de 2017.
Los ejes propuestos por el Ministerio de Justicia para la reforma son: balanceo del conflicto (distribución uniforme y estratégica de jueces en el país), acceso a la justicia, independencia judicial, tecnologías de la información y comunicación, desarrollo normativo y transparencia institucional.
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Carla Arellano | Consejera Ferrere | carellano@ferrere.com
by Juan Manuel González | Abr 1, 2022 | Noticias
En octubre de 2021 el Banco Central del Uruguay emitió la Comunicación 2021/199, donde en referencia a la Unidad de Información y Análisis Financiero, habilita y regula la presentación en forma digital del formulario de reporte de transacciones inusuales o sospechosas por parte de los sujetos obligados del sector no financiero (artículo 13 de la Ley No. 19.574).
A través del siguiente enlace se puede acceder al instructivo para el envío de los referidos reportes, elaborado por el Banco Central del Uruguay.
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Carla Arellano | Consejera Ferrere | carellano@ferrere.com
by Juan Manuel González | Abr 1, 2022 | Noticias
El Informe Sombra a la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (“CNUCC”) publicado por la Organización No Gubernamental “Semillas para la Democracia” hacia fines de 2021 destacó importantes avances en materia de legislación y elaboración de políticas públicas anticorrupción por el Estado paraguayo entre los años 2018 y 2021.
Así, el informe consideró que Paraguay se encuentra indefectiblemente en un proceso de afianzamiento de políticas de gestión pública que realmente abiertas y de utilidad para la ciudadanía, señalándose como aspectos positivos:
- La adecuación normativa relacionada con la promoción de tecnologías para la lucha contra la corrupción mediante el desarrollo de planes de acción de gobierno abierto, con la participación del Estado, la sociedad civil y el sector privado.
- La adopción de una política de open contracting por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), al dar cuenta su portal de la adopción de dicho estándar para la publicación de datos, poniendo a disposición de los interesados una serie de datos relacionados a proveedores del Estado y los respectivos montos de adjudicación en contratos públicos, permitiendo un control ciudadano más eficaz.
- La promulgación en el año 2019 del paquete de 10 leyes en el marco de la estrategia del gobierno para aprobar las evaluaciones del cumplimiento de las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), con lo que legislativamente se cumplió con varios de los mandatos del Capítulo V de la CNUCC; y
- La existencia de avances importantes con las últimas modificaciones incorporadas a la Ley de Financiamiento Político, al constituir la nueva legislación un desafío en términos de políticas públicas para fortalecer a los partidos políticos, reducir las asimetrías y evitar el ingreso de dinero de origen ilícito en los procesos electorales.
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Carla Arellano | Consejera Ferrere | carellano@ferrere.com
by Juan Manuel González | Abr 1, 2022 | Noticias
El 28 de octubre de 2021, después de su discurso en el Instituto Nacional de Delitos de Cuello Blanco de la Asociación Estadounidense de Abogados (American Bar Association), la Fiscal General Adjunta, Lisa Monaco, emitió un memorando sobre las “revisiones iniciales” de las políticas de ejecución penal corporativa del Departamento de Justicia (Department of Justice, DOJ) (Grupo Asesor sobre Delitos Corporativos y revisiones iniciales de las políticas de ejecución penal de delitos corporativos). El memorando es el primero de lo que probablemente será una serie de cambios en el enfoque de
la administración de Biden para la aplicación de la ley frente a delitos de cuello blanco, incluidas las investigaciones de conformidad con la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA).
El memorando anuncia cambios, con entrada en vigencia inmediata para casos futuros y pendientes, en tres áreas:
` Consideración del historial completo de la conducta indebida previamente realizada de una empresa durante la toma de
decisiones sobre cargos y disposiciones de las investigaciones.
` Requisitos para que las sociedades bajo investigación vuelvan a presentar “todos los hechos relevantes relacionados con
las personas responsables de la mala conducta” para obtener un crédito completo por su cooperación (énfasis agregado).
` Orientación sobre el uso de supervisión corporativa por parte del DOJ.
El memorando también anuncia la formación de un “Grupo Asesor sobre Delitos Corporativos” dentro del Departamento de Justicia, con un “mandato amplio” para actualizar el enfoque del Departamento sobre diversos temas. El grupo examinará “el crédito otorgado por la cooperación, la reincidencia corporativa y los factores que influyen en la determinación de si un caso corporativo debe resolverse a través de un acuerdo de enjuiciamiento diferido (DPA), un acuerdo de no enjuiciamiento (NPA) o un acuerdo de admisión de culpabilidad”, entre otros temas. El memorando establece además que
el grupo “solicitará aportes de la comunidad empresarial, el mundo académico y la asociación de abogados defensores” al considerar actualizaciones de políticas y prácticas, como el uso de nueva tecnología.
Consideración de la totalidad de la conducta indebida previamente realizada Con un lenguaje que se remonta 2008, el Manual de Justicia actual establece que “los fiscales pueden considerar el historial de conducta similar de una corporación” al tomar decisiones sobre acusaciones y decisiones finales (énfasis añadido).
El nuevo memorando establece que “[ahora] se ordena a los fiscales que consideren todos los hechos [anteriores] de conducta indebida de la corporación” al tomar estas determinaciones. Los fiscales deben adoptar un “enfoque holístico”, como declaró la Fiscal General Adjunta, Monaco, en su discurso: Un fiscal en la unidad de la FCPA debe contar con una visión amplia de todos los departamentos sobre la mala conducta: ¿Ha entrado en conflicto esta empresa con la División de Administración Tributaria, la División de Medio Ambiente y Recursos Naturales, las secciones de lavado de dinero, las Oficinas del Fiscal Federal, etc.? Él o ella también debe sopesar lo que sucedió fuera del departamento: si esta empresa fue procesada por otro país o Estado, o si esta empresa tiene un historial de conflictos con los reguladores.
Parte de la justificación del DOJ para este enfoque es que “[un] historial de mala conducta de una corporación… puede ser indicativo de si la compañía carece de la cultura corporativa y los controles internos apropiados para desincentivar la actividad delictiva, y para determinar si cualquier programa de remediación o de cumplimiento propuesto, en caso de ser implementado, tendrá éxito”. La Fiscal General Adjunta, Monaco, citó las estadísticas del Departamento de Justicia que muestran que entre el 10 y el 20 por ciento de las recientes resoluciones corporativas relevantes fueron firmadas por empresas que previamente habían resuelto otros asuntos con el Departamento de Justicia. Estas declaraciones son la indicación más reciente del punto de vista del DOJ, la cual ha evolucionado con el tiempo, en cuanto a que la cultura de una empresa es fundamental para la disuasión de los delitos y el cumplimiento de la ley; este es un punto de vista que comparten muchos profesionales del área de cumplimiento.
La inclusión de “acciones penales, civiles o de cumplimiento normativo” en el extranjero contra la empresa o cualquiera de sus afiliadas podría tener un impacto significativo. Al menos en teoría, este lenguaje amplía sustancialmente el universo del “registro” del comportamiento de una empresa bajo consideración para incluir acciones tomadas por gobiernos extranjeros en relación con leyes de naturaleza diferente a las de los Estados Unidos o bajo sistemas legales que no otorgan el mismo debido proceso u otras consideraciones a las empresas que son objeto de dichas acciones.
Queda pendiente por ver cómo funcionarán estas en casos reales evaluaciones de la totalidad de la conducta indebida, pero lo cierto es que merecen un escrutinio minucioso. Incluso los casos recientes, como el acuerdo de enjuiciamiento diferido (DPA) de Credit Suisse y las disposiciones relacionadas, podrían haber sido vistas de manera diferente si esta política hubiese estado completamente implementada. Además de un acuerdo de no enjuiciamiento (NPA) relacionado con la FCPA en 2018, Credit Suisse también hizo un gran acuerdo con el DOJ en 2016 relacionado con “representaciones
falsas e irresponsables sobre valores respaldados por garantías hipotecarias”. A finales de 2020, las autoridades suizas presentaron cargos penales contra el banco por no prevenir el lavado de dinero en transacciones relacionadas con Bulgaria.
En su discurso, la Fiscal General Adjunta, Monaco, declaró que el Departamento de Justicia analizará más a fondo el problema de la reincidencia corporativa, incluyendo a las empresas con infracciones o disposiciones reiteradas en diferentes partes del Departamento. Insinuó que algunos reincidentes pueden no ser elegibles para ciertos tipos de “aplazamientos previos al juicio” (como DPA y NPA) en el futuro. Señaló que el enfoque actual en el cumplimiento de DPA y NPA también forma parte de esta evaluación.
Suministro de toda la información relevante sobre los individuos para obtener crédito por la cooperación
Durante las últimas semanas, varios funcionarios del Departamento de Justicia, incluido el Fiscal General, Merrick Garland, han enfatizado que se están reenfocando hacia el enjuiciamiento de los malhechores individuales como una “máxima prioridad”. La Fiscal General Adjunta, Monaco, también enfatizó esto, y el nuevo memorando afirma que “una de las formas más efectivas de combatir la mala conducta corporativa es responsabilizar a las personas que cometieron el delito”.
El memorando reafirma el requisito del “Memorando de Yates” de 2015 que establece que, “para clasificar a cualquier crédito por cooperación, las corporaciones deben proporcionar al Departamento todos los hechos relevantes relacionados con [todas] las personas responsables de la mala conducta” (énfasis añadido). La administración anterior relajó un poco este requisito: el lenguaje actual del Manual de Justicia (que data de noviembre de 2018) se enfoca en información relacionada con “todas las personas sustancialmente involucradas en” posibles actos ilícitos (énfasis añadido). El nuevo
memorando establece que las empresas deben proporcionar dicha información sobre “individuos dentro y fuera de la empresa”.
La reimposición de este requisito probablemente aumentará significativamente los costos financieros de la cooperación para las empresas bajo investigación, al exponer una gran cantidad de información no privilegiada a una posible divulgación, análisis y la revisión correspondiente. Es probable que este requisito también aumente aún más los desafíos planteados que ya enfrentan las empresas bajo investigación, por ejemplo, aquellos relacionados con las leyes de seguridad nacional y privacidad de los datos vigentes en otros países. El suministro de información relacionada con “individuos con una participación periférica en la mala conducta” al DOJ aumentará la exposición potencial de las empresas frente a reclamos vinculados con la privacidad de los datos u otros problemas por parte de un universo más grande de personas, en comparación con los estándares previos que ahora fueron reemplazados.
El cambio hacia la supervisión
El nuevo memorando revisa o reemplaza partes del “Memorando de Benczkowski” de 2018, que establecía un estándar más alto para la imposición de supervisones corporativas que el que se había utilizado en el pasado (estableciendo, por ejemplo, que “la imposición de una supervisión no será necesaria en muchas resoluciones penales corporativas”). En su discurso, la Fiscal General Adjunta, Mónaco, declaró: Con relación a las pautas previas del Departamento de Justicia que sugerían que las supervisones no eran favorables o eran la excepción, rescindo dichas pautas. En cambio, dejo en claro que el departamento es libre de exigir la imposición de una supervisión independiente siempre que sea apropiado hacerlo para informar a nuestros fiscales si una empresa está satisfaciendo sus obligaciones de cumplimiento y divulgación en virtud de una DPA o NPA.
El nuevo memorando establece que los supervisores deben utilizarse en casos de “necesidad demostrada” y donde habrá “un claro beneficio”. Tal necesidad podría existir cuando el programa de una empresa o los controles relacionados son “deficientes” o “no han sido probados, son ineficaces, cuentan con recursos inadecuados o no están implementados por completo en el momento de una resolución”. Si ocurre lo contrario: el programa está “examinado, es eficaz, cuenta con recursos adecuados y está implementado por completo en el momento de una resolución, es posible que no sea necesario una vigilancia”. El nuevo memorando también enfatiza que cualquier supervisión debe “personalizarse adecuadamente”, lo que por lo general es consistente con la política que la DOJ ha acogido a lo largo del tiempo.
La Fiscal General Adjunta, Monaco, declaró en su discurso que el Grupo Asesor sobre Delitos Corporativos continuará examinando otros aspectos de la supervisión corporativa, por ejemplo “cómo seleccionamos a los supervisores corporativos, incluyendo la estandarización de nuestro proceso de selección en todas las divisiones y oficinas”. Si bien esta revisión de la política probablemente presagia más controles en futuros casos, no cambia el hecho de que la mejor protección que una empresa puede tener contra la imposición de una supervisión es tener un programa de cumplimiento basado en riesgos, completamente implementado, rigurosamente monitoreado y examinado regularmente, así como los controles relacionados, además de una cultura corporativa de apoyo y gestión ética.
Para mayor información contactar a:

Jeffrey Lehtman | Socio Miller & Chevalier | jlehtman@milchev.com